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El Gobierno de Navarra aprueba modificar la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia

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El Gobierno de Navarra ha aprobado un Decreto Foral por el que se modifica el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.

De esta forma, se adapta la estructura y distribución organizativa de algunas unidades en lo relativo al área de las nuevas tecnologías, según explica el Gobierno de Navarra.

En el Decreto Foral se subraya la exigencia de implantación de la administración electrónica, tarea a la que se debe destinar una unidad orgánica con plena dedicación. También se destaca la necesidad de dedicar una unidad orgánica específica a los proyectos y funcionalidades de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Así, se modifican los artículos 84, 85 y 86, y se añade un nuevo artículo 89 bis.

El artículo 84 se refiere al ámbito material y funcional del Servicio de Sistemas de Información Corporativos, y en él se detallan las funciones que ejercerá, en relación a materias como la implementación de las herramientas necesarias; la inteligencia tecnológica; la integración de las diferentes funcionalidades instrumentales; la planificación, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter horizontal de la Administración; planificación, estudio de su viabilidad, proyecto, análisis, desarrollo, ejecución, mantenimiento y gestión de sistemas de información y aplicaciones informáticas de carácter vertical o departamental de las áreas de Hacienda y Política Financiera; gestión del Catálogo de Servicios de la Dirección General de Informática, Telecomunicaciones e Innovación Pública; coordinación interna; establecimiento de las líneas estratégicas evolución en materia tecnológica de los sistemas de información, y difusión y colaboración para la utilización de los estándares tecnológicos de información y de aplicaciones en su área de competencia.

El artículo 85 hace referencia a la estructura del Servicio de Sistemas de Información Corporativos y sus diferentes secciones.

También se modifica el artículo 86, que se refiere al ámbito material y funcional de la Sección de Administración Electrónica.

Finalmente, se añade el artículo 89 bis, sobre el ámbito material y funcional de la Sección de Proyectos de Sistemas de Información en las Áreas de Hacienda y Política Financiera.

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