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El CGPJ no sancionará a los 33 jueces que respaldaron la consulta del 9N

El CGPJ no sancionará a los 33 jueces que respaldaron la consulta del 9N
Consejo General del Poder Judicial.
Consejo General del Poder Judicial.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido no sancionar a los 33 jueces catalanes que, en febrero pasado, firmaron el ‘Manifiesto por el derecho a decidir’, en el que se apoyaba la consulta independentista del pasado 9 de noviembre

El CGPJ informó de que el Promotor de la Acción Disciplinaria de esta institución, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, ha decidido archivar las diligencias abiertas contra estos magistrados, a los que denunció el sindicato Manos Limpias.

Fonseca-Herrero entiende que el apoyo de estos jueces a la consulta catalana realizada el 9-N queda amparado por los derechos fundamentales de libertad de expresión y de opinión. No obstante, se entiende que la actitud de estos funcionarios es “censurable”, ya que merma la confianza de los ciudadanos en su labor. Se les reprocha que defendieran la consulta soberanista con el argumento de que “Cataluña es una nación”, cuando es algo que no contempla la Constitución.

Sin embargo, el CGPJ concluye que “no puede apreciarse que los firmantes persigan una finalidad diferente que el mero traslado a la ciudadanía de una opinión sobre un tema de interés jurídico, social o político, actuación que queda amparada por los derechos fundamentales de libertad de expresión y de opinión consagrados por el artículo 20 de la Constitución Española”.

Asimismo, Fonseca-Herrero sostiene que los magistrados que firmaron el manifiesto dieron “su opinión jurídica en defensa del derecho del ciudadano a participar en asuntos públicos, de decidir sobre posibles jurídicos, conducta que, como se acaba de adelantar, debe quedar amparada por los derechos fundamentales de libertad de expresión y de opinión”.

Así concluye que no se puede mantener la imputación de ilícitos sancionadores y archiva la información previa. No obstante, Fonseca-Herrero considera que, en el plano de la deontología profesional, la actuación de los jueces y magistrados es “censurable” en la medida en que su actuación viene a menoscabar la confianza de los ciudadanos en la judicatura.

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