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Las resoluciones judiciales hacen referencia a los cambios realizados en las escuelas infantiles municipales del Ayuntamiento de Pamplona para el curso 2016-17, que afectaban a cinco centros
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha condenado al Ayuntamiento de Pamplona de la pasada legislatura al pago de costas.
Todo ello por la inadmisión del recurso de casación que dicho ayuntamiento presentó contra la sentencia que dictó el propio TSJN sobre los cambios de modelo lingüístico implementados en cinco escuelas infantiles municipales durante el curso 2016/17 para incrementar la oferta de plazas en euskera. El auto concluye que “lo hecho afecta a la planificación de la oferta educativa, por lo que ni el Ayuntamiento de Pamplona ni su OAEIMP (Organismo Autónomo de Escuelas Infantiles Municipales de Pamplona) tienen competencia para hacerlo”.
El Tribunal señala que ha de confirmarse “el criterio del Juez de instancia de haberse producido un cambio en la ordenación y planificación de la oferta educativa en el ciclo 0-3 años en las escuelas del Ayuntamiento de Pamplona, no una mera reestructuración”. “Lo hecho – (continúa) – modifica ostensiblemente el conjunto de la oferta educativa municipal que cambió su configuración en cinco de las doce escuelas de titularidad municipal. Y no en aspectos secundarios o de escasa transcendencia, sino en extremo tan esencial como el modelo lingüístico”. En este sentido, el auto apunta que los cambios significaron el incremento de las plazas en vascuence de 164 a 408 y la supresión de 255 plazas de castellano y castellano-inglés.
Asimismo, el Tribunal reitera el incumplimiento del Decreto Foral 159/1988 que “obliga a la Administración educativa a garantizar la continuidad en el mismo centro y modelo elegido por los alumnos hasta el final de su escolarización, condicionando los posibles cambios a solicitud de parte y previa autorización”.
Las resoluciones judiciales hacen referencia a los cambios realizados en las escuelas infantiles municipales del Ayuntamiento de Pamplona para el curso 2016-17, que afectaban a cinco centros, reduciendo las escuelas en castellano e incrementando las de euskera, y obligando a las familias a cambiar de ubicación a sus hijos de cero a tres años y en muchos casos impidiéndoles el acceso al sistema público al haber reducido las plazas en castellano.
Así, se modificó el modelo lingüístico de la E.I. Donibane y de la E.I. Fuerte el Príncipe – Printzearen Harresi, de castellano a euskera. La antigua Hello Rochapea se convirtió en Goiz Eder, con modelo también en euskera, al trasladarse allí los menores que impartían clase en la E.I. Rochapea. El modelo que se impartía en Hello Rochapea, de castellano con actividad en inglés, se trasladó a la entonces E.I. Egunsenti, que pasó a denominarse Hello Egunsenti. Por último, la escuela infantil Egunsenti se trasladó a las instalaciones de la E.I. Rochapea.
El TSJN inadmite el recurso de casación y se impone el Ayuntamiento el pago de las costas. El Ayuntamiento presentó también en la pasada legislatura recurso de casación frente al Tribunal Supremo, que a día de hoy está todavía pendiente de resolución.