
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido este miércoles la ley foral que regula en Navarra el consumo de cannabis compartido y el abastecimiento para consumo propio dentro de clubes colectivos privados de usuarios de cannabis.
La suspensión automática de la ley navarra se produce al haber invocado el Gobierno la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que dice que el Ejecutivo podrá impugnar ante el TC las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas.
El pasado 13 de marzo, el Gobierno recurrió esta ley foral al considerar que la regulación navarra invade las competencias estatales reconocidas por el artículo 149.1 de la Constitución, al regular el consumo de cannabis más allá de los límites admitidos por la legislación estatal.
El pleno del Parlamento de Navarra aprobó el 27 de noviembre de 2014, con los votos en contra de UPN y PPN y a favor del resto de grupos y parlamentarios no adscritos, la ley foral por la que se regulan los colectivos de usuarios de cannabis en la Comunidad foral.
Una comisión puso en marcha esta iniciativa legislativa popular, cuya constitucionalidad se ha puesto en duda desde un principio ya que un informe de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas apuntaba esa posibilidad debido a que esta norma podría afectar a varias competencias del Estado
Esta ley navarra suspendida tiene como objeto establecer unas normas generales para «la constitución, organización y funcionamiento» de los clubes de personas consumidores de cannabis en el marco de la comunidad de Navarra.
Sin pronunciamiento sobre el fondo del recurso
El Constitucional ha recordado que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el alto tribunal resolverá en próximas fechas
En la providencia notificada este miércoles, el pleno del Constitucional ha dado traslado de su decisión al Gobierno y al Parlamento de Navarra, así como al Congreso y al Senado para que en el plazo de quince días puedan personarse en el proceso y formulen las alegaciones oportunas.

