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El BOE publica el Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible, obligará a 8,5 millones de propietarios a revisar las rentas que declaran en el IRPF
La norma del Gobierno de extrema izquierda de Sánchez también establece que todo contrato temporal sin causa acreditada se convierte automáticamente en contrato de vivienda habitual
El decreto prohíbe la compra de vivienda por parte de entidades cuyo objeto social sea adquirir inmuebles cuando el precio sea inferior al 70% del valor de tasación. Esta limitación estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2028. Persigue frenar operaciones de fondos de inversión que tensionan el mercado y expulsan a familias de la competencia por una vivienda.
La norma establece dos mecanismos clave para la protección frente a desahucios:
- Suspensión cuando la persona afectada carezca de alternativa habitacional y la vivienda sea propiedad de un fondo buitre. La suspensión se mantiene hasta 2030, sin compensación al fondo.
- Si la comunidad autónoma no ofrece alternativa habitacional, deberá asumir el pago de las cantidades adeudadas para evitar el desahucio. El proceso se suspende durante dos meses y se mantiene paralizado hasta que la administración cumpla su obligación.
La norma también establece que todo contrato temporal sin causa acreditada se convierte automáticamente en contrato de vivienda habitual. Además, el precio total del alquiler por habitaciones no podrá superar el alquiler de la vivienda completa. Se limitan precios en zonas tensionadas y se prohíbe cargar al inquilino gastos de gestión inmobiliaria o impuestos. Se refuerzan garantías sobre habitabilidad y estado de la vivienda y se amplía el derecho de adquisición preferente del inquilino.
La norma establece una prórroga extraordinaria obligatoria de hasta dos años para los contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028, siempre que la persona arrendataria la solicite. Para acceder a esta prórroga, el inquilino debe estar al corriente del pago de la renta y haber cumplido con estos durante los ocho meses anteriores. Esta prórroga no será aplicable cuando exista una necesidad real y debidamente acreditada de que el propietario, o sus familiares directos, ocupen la vivienda, o cuando ambas partes acuerden formalizar un nuevo contrato.
El decreto del Gobierno de extrema izquierda de Sánchez se alinea impulsa la creación de un parque público de vivienda protegido con carácter permanente, la persecución de pisos turísticos ilegales y la congelación de alquileres en zonas tensionadas. Además, propone la coordinación entre Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos para ampliar la oferta.


