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Sánchez podrá requisar bienes privados y públicos con la reforma de la Ley de Seguridad Nacional en situación de «crisis»
El mes pasado conocíamos la «inseguridad» e «indefension» del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, y el rechazo masivo e histórico que suscitó en una gran manifestación en la que participaron todas las policías, incluidas las autonómicas y locales. En diciembre, según la información a la que ha tenido ‘El País’, conocemos la reforma de la Ley de Seguridad Nacional de 2015, aprobada en julio en el Consejo de Ministros, que permitirá al Gobierno de Sánchez, PSOE-Podemos, disponer de cualquier tipo de bienes, públicos y privados, obligar a las empresas a «adaptar su producción» a sus necesidades y las personas tendrán el deber de colaborar personal y materialmente.
Con esta nueva Ley de Seguridad Nacional, el Gobierno podrá disponer en «situaciones de crisis» de todos los recursos disponibles de las administraciones públicas afectadas, regular la producción industrial de España en función de la situación y otras medidas. Le permitirá requisar servicios esenciales y los recursos de primera necesidad y de carácter estratégico, creando una reserva de almacenamiento.
Para ello, el Gobierno solo necesitará establecer la situación de crisis para tomar las decisiones por Decreto y con poder absoluto.
Requisar bienes privados y exigir disponibilidad
Con la regulación del artículo 28, el Gobierno podría requisar bienes privados y exigir la disponibilidad de «recursos humanos y materiales» ya sean públicos o privados para hacer frente a la crisis, aunque será de forma temporal y con indemnizaciones.
«Siguiendo las directrices del Consejo de Seguridad Nacional o de la autoridad funcional, podrán proceder a la requisa temporal de todo tipo de bienes, así como a la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios y, en su caso, a la suspensión de actividades. Quienes como consecuencia de estas actuaciones sufran perjuicios en sus bienes y servicios -continúan-, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes», según el punto 3 del artículo 28 del anteproyecto.
Además, este mismo apartado determina que en este tipo de situaciones las personas tienen «el deber de colaborar personal y materialmente» en caso de que las autoridades requieran de esta ayuda y «cualquier persona, a partir de la mayoría de edad, estará obligada a la realización de prestaciones personales que exijan las autoridades competentes».
El Anteproyecto de la Ley de Seguridad Nacional le otorga al Gobierno estas posibilidades en caso de grave crisis, pero no significa que se vayan a almacenar estos productos para esta hipotética crisis. Para que estos supuestos se puedan provocar, el Anteproyecto exige que el presidente del Gobierno establezca una situación de interés para la seguridad nacional.
El Gobierno reunirá en los próximos días la Conferencia Sectorial para Asuntos de Seguridad Nacional, en la que participan gobiernos autonómicos y ayuntamientos para darles cuenta del anteproyecto.
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