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Sanidad acuerda vacunar con AstraZeneca y acuerda el uso de la mascarilla

NAVARRA INFORMACIÓN.ES

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, y las comunidades autónomas han acordado vacunar con la AstraZeneca para las personas de entre 60 y 65 años y acuerda regular el uso de mascarilla

También, la Agencia Europea del Medicamento (EMA) ha admitido que había hallado «posibles indicios» entre el uso de Astrazeneca y los casos raros de trombos.

No obstante, tanto Sanidad como las CCAA han dejado en manos de la Comisión de Salud Pública la decisión de ampliar el rango de edad hasta los 69 años.

Uso mascarilla

Según la establecida por el Gobierno de Sánchez en estado de alarma en marzo de 2021,  se establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Se equiparan al ejercicio de deporte individual las actividades que al realizarse supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

El texto especifica que otras actividades incompatibles con el uso de la mascarilla son: el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño así como en piscinas en el exterior o cubiertas.

Asimismo, se incluyen los momentos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso del descanso en las playas, ríos o en entornos asimilados, el citado momento solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes. En el caso de piscinas cubiertas o de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por momento de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

También se excluyen del uso de la mascarilla las actividades de socorrismo o rescate cuando éstas requieren acceder al medio acuático.

Se recuerda que tampoco es necesario llevarla en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

El documento, acordado por el Consejo Interterritorial, indica por otro lado que se consideran actividades compatibles con el uso de mascarilla: el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales y el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.

Además, la mascarilla debe llevarse en el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas y durante la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los momentos necesarios para comer o beber.

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