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El Gobierno de Navarra recomienda a las parejas estables no casadas formalizar su situación ante notario

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El Gobierno de Navarra recomienda a las parejas estables no casadas formalizar su situación ante notario

Una escritura notarial es garantía de equiparación tributaria con otras uniones en caso de fallecimiento o circunstancias adversas; a efectos de la declaración de Renta 2019, se recomienda hacerlo previamente a su presentación

26/12/2019

El Gobierno de Navarra recomienda a las parejas estables no casadas formalizar su situación ante notario, en caso de que no lo hayan hecho previamente, para que su situación fiscal sea equiparable al de otras uniones (como los matrimonios) en caso de fallecimiento u otras circunstancias adversas. También, a efectos de la declaración de Renta 2019, se recomienda que la escritura pública notarial se realice con anterioridad a presentar dicha declaración ante la Hacienda Foral.

Obligación de formalizarse en documento público

La entrada en vigor de la última actualización del Fuero Nuevo de Navarra supone algunos cambios para que las parejas estables que convivan puedan hacer valer esa condición, aunque no estén casadas, de cara a ser equiparadas a todos los efectos a las que sí lo estén. La nueva normativa exige para ello que reflejen su unión en un documento público, así como inscribirlo en un registro centralizado (Registro Único de Parejas Estables), que sustituirá a los diferentes registros municipales existentes La escritura notarial, cuyo coste rondaría los 60 euros, es la única vía disponible en este momento para que las parejas estables manifiesten en documento público su voluntad de constituirse como tales. En el futuro también podrán hacerlo mediante una comparecencia ante la persona encargada del nuevo Registro Único, que se encuentra en fase de creación.

La escritura notarial refleja todo el tiempo de convivencia en pareja

Dicho documento público, junto con la inscripción en el Registro Fiscal de parejas estables, son los requisitos necesarios para que la pareja estable pueda ser equiparada a efectos tributarios al resto de uniones. De cara a la campaña de la Renta 2019 (que tendrá lugar entre los meses de abril y junio de 2020), se recomienda realizar la escritura notarial antes de presentar en Hacienda Foral la correspondiente declaración. En esa escritura notarial, la pareja podrá hacer constar cuánto tiempo lleva conviviendo, lo cual será tenido en cuenta a efectos fiscales. Para la declaración de Renta de 2019 podrán ser considerados como parejas estables si, además de cumplir el resto de requisitos, el tiempo de convivencia es anterior a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre de 2019).

A estos efectos, el interés de una pareja estable en estar constituida como tal no solo se refiere al IRPF. En materia del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, por ejemplo, la equiparación a las parejas casadas puede tener gran relevancia económica. Así, por ejemplo, en caso de una persona herede de su pareja una vivienda valorada en 250.000 € y se trate de una pareja no reconocida como pareja estable, dicho heredero deberá tributar aproximadamente 70.000 euros; en cambio si se trata de una pareja estable, a efectos de la tributación de dicho heredero por el Impuesto sobre Sucesiones se le equiparará al “cónyuge viudo” y no pagaría nada por Impuesto sobre Sucesiones en el mencionado ejemplo.

Las parejas estables que, en su momento, ya formalizaron su unión ante notario – pasando después por los registros municipales – no tendrán que volver a pasar por ese trámite notarial. No obstante, sí deberán inscribirse en el Registro Único una vez esté activo.

Preguntas y respuestas

 

Texto

¿Funciona ya el registro centralizado en Navarra?

La nueva redacción del Fuero Nuevo de Navarra  entró en vigor el 16 de octubre, y establecía que el registro fuera creado en el plazo de un año desde la publicación de la Ley Foral 21/2019, es decir para el 16 de abril de 2020. En este momento se encuentra en fase de conformación, y en enero de 2020 el Gobierno de Navarra presentará su normativa reguladora, para su tramitación como Decreto Foral.

¿Qué tendrán que hacer las parejas para inscribirse en el registro centralizado?

Cuando esté constituido, las parejas podrán otorgar el documento público de constitución bien mediante una simple comparecencia ante la persona encargada de ese Registro Único, bien mediante una escritura notarial y proceder posteriormente a la inscripción.

¿Dónde se pueden registrar las parejas estables mientras no haya un registro centralizado?

En los registros municipales, como hasta ahora.

Y si me inscribí como pareja estable en mi ayuntamiento, ¿tengo que ir a un notario?

Las parejas estables inscritas en los registros municipales sí tendrán que ir a un notario si no lo hicieron cuando se inscribieron. Lo que cambia la ley foral es que ahora es obligatorio que exista un documento público, una escritura notarial o documento público formalizado ante la persona encargada el Registro Único, que dé fe de esa voluntad de constituirse en pareja estable.

Las parejas ya registradas en su municipio, ¿deberán volver a registrarse en el nuevo registro?

Sí. En el momento en que se cree, las parejas estables deberán registrarse en ese nuevo registro único y podrán hacer constar todo el tiempo anterior que ha durado la convivencia, acreditándolo con la anterior inscripción en el registro municipal o mediante cualquier otro medio de prueba admitida en Derecho.

¿Qué supone tributariamente ser pareja estable?

Los miembros de una pareja estable están equiparados a un matrimonio, a efectos del IRPF y otros impuestos (Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y Sociedades).

Para ello es imprescindible cumplir dos requisitos:

  • Ser pareja estable conforme a la normativa civil que le sea de aplicación.
  • Inscribirse en el registro fiscal de Parejas Estables gestionado por la Hacienda Foral de Navarra.

¿Qué hay que hacer para inscribirse en Hacienda?

La inscripción de nuevas parejas en el Registro Fiscal de Parejas Estables puede efectuarse a través de dos vías:

  • Mediante la presentación del modelo 030. Únicamente se exige una “declaración responsable de que los miembros forman una pareja estable con arreglo a la legislación civil que les sea de aplicación”. Consecuentemente, no es necesario aportar el documento público de constitución de la Pareja Estable con el modelo 030 (aunque Hacienda Foral de Navarra puede requerirlo posteriormente), sino que, a este respecto, basta con aportar la citada declaración responsable.
  • Mediante la presentación en plazo de la declaración del IRPF, cumplimentando en ella la casilla correspondiente.

Como se ha señalado, con la actualización del Fuero Nuevo, es obligatorio un documento público, en estos momentos escritura pública notarial.

De cara a la Declaración de la Renta 2019, se recomienda que ese documento público (escritura notarial) se formalice con anterioridad a presentar dicha declaración ante la Hacienda Foral y se podrá ser considerado como pareja estable si, además de cumplir el resto de requisitos, el tiempo de convivencia es anterior a la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre de 2019).

¿Qué tienen que hacer las Parejas Estables que el día 16 de Octubre de 2019 ya figuraban inscritas en el Registro Fiscal de Parejas Estables de la Hacienda Foral de Navarra?

Otorgar documento público, de no tenerlo otorgado con anterioridad.

Seguirán inscritas en el Registro Fiscal y, por tanto, se equipararán a los cónyuges, salvo que:

– No quieran seguir constando en el Registro Fiscal de Parejas Estables, para lo cual, deben comunicarlo expresamente a través del modelo 030.

– Hayan cambiado su situación civil. La modificación también deber ser comunicada a la Hacienda Foral de Navarra a través del modelo 030.

Para más información al respecto, consultar en

https://www.navarra.es/NR/rdonlyres/6BEBF64F-6816-4297-94D8-ADAE873E7CE5/0/NotaInformativanuevaregulacionNFN.pdf

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