El Tribunal Supremo defiende en una sentencia el derecho de una empresa a subcontratar a otra para realizar trabajados durante la convocatoria de una huelga, ya que lo contrario supone una defensa «exorbitante» del derecho de huelga.
La sentencia, fechada en noviembre de 2016, admite el recurso presentado por la empresa Altrad Rodisola, especializada en el montaje y alquiler de andamios, contra una sentencia de la Audiencia Nacional que daba la razón a una demanda del sindicato CGT.