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El Parlamento de Navarra aprueba la ley para la deducción del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad

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El Pleno del Parlamento de Navarra ha aprobado hoy, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y la abstención de Navarra Suma, la Ley Foral de modificación parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en cuyo artículo único se plantea una nueva deducción por prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas entre 2015 y 2018, aplicable sólo en 2020

Navarra Suma planteó sin éxito en Comisión la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad, en este caso “a partir del 1 de enero de 2020”. Sin recabar ningún apoyo adicional, defendió el establecimiento de una exoneración a futuro, “independientemente de que la solución dada a los períodos anteriores pueda ser una deducción específica en la declaración del ejercicio correspondiente a 2020”.

Descartada la exención, la deducción por prestaciones de maternidad y maternidad percibidas entre 2015 y 2018 se aplicará sobre la cuota diferencial del impuesto, tal y como se recogía en el Proyecto de Ley.

Así, en función de los ingresos, el recargo puede ser devuelto parcial o íntegramente, circunstancia que ésta se dará en los casos en que la cuota diferencial del IRPF correspondiente a 2020 sea cero o negativa.

En cualquier caso, la deducción será el resultado de aplicar el porcentaje del 25% sobre las prestaciones percibidas por los sujetos pasivos cuyas rentas, incluidas las exentas, no superen los 30.000 euros. Dicho porcentaje se va reduciendo a medida que se incrementan las rentas del sujeto pasivo, llegando a cero para rentas superiores a 105.000 euros.

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