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PSN, Geroa Bai, Bildu, Podemos e I-E rechazan modificar la Ley para la exención del IRPF por maternidad

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PSN, Geroa Bai, Bildu, Podemos e I-E han rechado en el Pleno del Parlamento de Navarra modificar el IRPF para incluir la exención por maternidad y paternidad

La proposición de Ley, impulsada por Navarra Suma, que tenía por objeto “modificar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para, con efectos desde el 1 de enero de 2015, incluir como exención las prestaciones públicas por maternidad y paternidad”, ha sido rechazada por los partidos de gobierno PSN, Geroa Bai, Podemos, I-E más Bildu.

Con los votos en contra de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E y el voto a favor de Navarra Suma, ha fracasado la toma en consideración de la proposición de Ley Foral de modificación parcial del Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aprobado por el Decreto Foral Legislativo 4/2008.

En la exposición de motivos, Navarra Suma pretendía instaba a modificar  “la interpretación de la Hacienda Tributaria de Navarra”, por considerar que la no aplicación de la exención por maternidad implica un “agravio comparativo” que contraviene los dictados del artículo 14 de la Constitución, donde se proclama la “igualdad de todos los españoles ante la Ley”, e ignora la “doctrina legal” establecida por el Tribunal Supremo en la sentencia 3256/2018, de 3 de octubre.

Pretendía también aplicar el carácter retroactivo, ya que, amén de “más favorable” para los interesados, “no está prohibido” por la Ley Foral 13/2000 General Tributaria.

Todos los grupos han aludido a las demandas interpuestas para la devolución del IRPF por maternidad, recientemente desestimadas por entender la magistratura que “el legislador navarro quiso excluir como exentas del IRPF las prestaciones por maternidad”, por considerar que la doctrina que el Tribunal Supremo fijó para el resto de España “no es aplicable en la Comunidad Foral debido a su autonomía tributaria” (Convenio Económico, artículo 1) y por apreciar que las dos normas que regulan el impuesto “no son homólogas”.

El Gobierno de Navarra se manifiesta en contra de esta devolución y modificación y apunta en un informe no estar conforme porque “consecuencia de esa autonomía fiscal es la actual deducción en la cuota diferencial por prestaciones de maternidad y paternidad”, circunstancia no contemplada en la proposición de Ley, que de salir adelante “conllevaría la aplicación simultánea de una doble minoración, la señalada en la proposición y la prevista en la Ley”.

Finalmente, el Ejecutivo Foral invoca “razones de índole presupuestaria” al estimar el coste anual de la exención en 7.799.883 euros, lo que supone unos 39 millones en cinco ejercicios, seis más si se le añade el coste de la prestación por paternidad.

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