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Caso Nóos: Libertad provisional sin fianza para Urdangarin

Caso Nóos: Libertad provisional sin fianza para Urdangarin

Tendrá que comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial suiza. El tribunal también dicta libertad para Diego Torres con la retirada del pasaporte

La Audiencia de Palma ha acordado mantener en libertad provisional a Iñaki Urdangarin, con obligación de comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial en su país de residencia, Suiza, tras su condena a 6 años y 3 meses de cárcel por delitos de corrupción y fraude fiscal en el caso Nóos.

El tribunal ha ordenado también a Urdangarin la obligación de comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la UE o cualquier cambio de residencia, incluso temporal, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.

Para su exsocio Diego Torres, el tribunal también decreta la libertad provisional sin fianza con la prohibición de salir del país y la retirada del pasaporte, y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal. La Fiscalía también había solicitado para él prisión eludible con una fianza de 100.000 euros.

El tribunal desestima las medidas solicitadas por la Fiscalía y se estudiarán y resolverán en resolución aparte las pedidas por la Abogacía del Estado. Contra el auto cabe recurso de súplica en el plazo de tres días.

Por su «arraigo» y conducta

Según consta en el auto dictado este jueves tras la vista para decretar las medidas cautelares, la Audiencia de Palma ha optado por dejar en libertad provisional sin fianza a Urdangarin y Torres al tener en cuenta que ambos tienen «arraigo suficiente» y que en ningún momento han tratado de eludir la acción de la Justicia.

A juicio de las magistradas, ambos acusados, especialmente Urdangarin, tienen arraigo suficiente (familiar, social y laboral) en territorio nacional. Sobre el marido de la infanta Cristina, el auto añade que «sus particulares circunstancias, sobradamente conocidas, nos eximen de su pormenorizado análisis».

La Audiencia estima que el arraigo y la conducta hasta ahora observada por los acusados permite estimar que «el incremento del riesgo de fuga» que puede suponer la sentencia que les condena puede ser «conjurado» con medidas cautelares «menos gravosas» que garanticen su sujeción al control del tribunal.

Consideran las magistradas que las acusaciones no han acreditado «circunstancia o marcador de riesgo» distinto al de la condena impuesta que, además, recuerdan, es el resultado de la suma del total de las penas.

Les apercibe, eso sí, de que el incumplimiento de las medidas impuestas conllevaría la adopción de otras «más gravosas», incluida la prisión provisional. EFE

El fiscal Horrach pide una fianza de 200.000 euros a Urdangarin para que eluda la cárcel

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