
Ayer viernes, quedó constituida la Ponencia para «revisar, actualizar y adaptar el Fuero Nuevo a la realidad del siglo XXI», creada por acuerdo de la Comisión de Régimen Foral del pasado 15 de marzo
La presidencia de esta ponencia queda en manos de Bildu y recae en uno de sus parlamentarios, Arantza Izurdiaga Osinaga. La propuesta para esta ponencia fue impulsada por los Geroa Bai, EH.Bildu, Podemos-Ahal Dugu e Izquierda-Ezkerra.
La Ponencia, que desarrollará sus funciones en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de constitución, está integrada por Juan Luis Sánchez de Muniain (G.P. Unión del Pueblo Navarro), Virginia Alemán Arrastio (G.P. Geroa Bai), Arantxa Izurdiaga Osinaga (G.P. EH Bildu Nafarroa), Laura Pérez Ruano (G.P. Podemos-Ahal Dugu), Inma Jurío Macaya (G.P. Partido Socialista de Navarra), Javier García Jiménez (APF Partido Popular de Navarra), y José Miguel Nuin Moreno (APF Izquierda-Ezquerra).
Según indican desde el parlamento, la Ponencia tiene por objeto «revisar, actualizar y adaptar el Fuero Nuevo a la realidad social navarra del siglo XXI». Para ello, se «recabarán las aportaciones de los diferentes operadores jurídicos, investigadores, colegios profesionales del mundo jurídico y entidades implicadas del tejido social».
Asimismo, también podrá recabar la ayuda y colaboración del Gobierno de Navarra, pudiendo solicitar por conducto de la Presidencia de la Cámara, la asistencia de los cargos y funcionarios competentes o la emisión de los informes pertinentes. Asimismo, se podrá solicitar la asistencia de otros especialistas en la materia.
Una vez elaborado el Informe se elevará junto con los votos particulares que en su caso se presenten, a la Mesa de la Cámara, que lo remitirá a los miembros de la Comisión para su debate y votación. El dictamen será trasladado al Gobierno de Navarra y al Consejo Asesor del Derecho Civil Foral Navarro al objeto de que el Gobierno de Navarra remita al Parlamento de Navarra un proyecto de texto articulado del Fuero Nuevo de Navarra conforme a las conclusiones aprobadas.
Acceso y prohibiciones a las comparecencias de la Ponencia
Las sesiones de la Ponencia destinadas a comparecencias serán abiertas a los medios de comunicación y retransmitidas por medios audiovisuales cuando así lo acuerden por mayoría sus miembros. En el caso de personas o entidades privadas, se deberá consultar con las mismas su disposición a aceptar la comparecencia y la publicidad o no durante su intervención. Estas sesiones se desarrollarán bajo la dirección del Presidente de la Ponencia, quien, tras la intervención del proponente, les dará la palabra para que expongan la información objeto de su comparecencia por un tiempo máximo de veinte minutos, interviniendo luego los miembros de la Comisión para preguntar o fijar su posición por un tiempo máximo de cinco minutos, finalizando la reunión con la respuesta de los comparecientes por un tiempo máximo de diez minutos, sin perjuicio de que el Presidente pueda abrir un nuevo turno de intervenciones si lo estima necesario. Estas sesiones se desarrollarán conforme a las normas aprobadas para las sesiones de trabajo.
La Ponencia adoptará todos sus acuerdos por el sistema de voto ponderado, es decir, cada uno de los miembros-portavoces contará en la Ponencia con tantos votos como Parlamentarios integran su respectivo Grupo Parlamentario.
Cabe recordar que la edición del Fuero Nuevo se realizó en diciembre de 2014 para completar las ya realizadas en 2001, 2003 y 2006. Se incorporó, entre otros contenidos, la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la inconstitucionalidad de diversos preceptos del Fuero Nuevo, y novedades legislativas como la relativa a la custodia de hijos. Asimismo, se eliminan con respecto a la última edición normas ya derogadas y se actualizan otras afectadas por reformas.
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El Fuero Nuevo de Navarra fue la última de las compilaciones civiles forales aprobadas, y su revisión integral vuelve a situar a la Comunidad Foral Navarra “en una posición de retraso. Navarra no ha afrontado, por el momento, el reto codificador al que sí han respondido Baleares (1990), la Comunidad Autónoma Vasca (1992, norma actualizada en la reciente Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho civil vasco), Galicia (1995 y 2006), Valencia (2007), Cataluña (2010), Aragón (2003 y 2011), e, incluso, Asturias, donde desde 1998 se viene desarrollando una gran labor de recogida del derecho propio por una Comisión especial de Derecho consuetudinario asturiano que ha aprovechado las virtualidades que abre el artículo 149.1.8ª de la Constitución española”, se argumentaba en la justificación del simposio.
