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Un juez afirma que la Ley Foral de Símbolos faculta la colocación de otras banderas

Un juez afirma que la Ley Foral de Símbolos faculta la colocación de otras banderas

Desestima un recurso por la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Villava durante las fiestas

El magistrado explica que la Ley Foral de Símbolos faculta la colocación de otras banderas por cortesía hacia autoridades invitadas de otras comunidades.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona ha desestimado un recurso presentado por el Gobierno de Navarra contra el Ayuntamiento de Villava por la colocación de la ikurriña en la fachada de la casa consistorial durante las pasadas fiestas de la localidad.

El magistrado asume la argumentación del Ayuntamiento de Villava, que alegó que, según la Ley Foral de Símbolos, se pueden colocar otras banderas por cortesía cuando haya autoridades invitadas de otro país, comunidad autónoma o entidad local. En el expediente administrativo, expone el juez, consta que el Ayuntamiento de Villava invitó a diversas autoridades del País Vasco durante las citadas fiestas patronales, «por lo que quedaba amparado el uso de dicha bandera». La sentencia puede ser recurrida.

 

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