
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) esgrime razones de «derecho de libertad religiosa» para permitir este atuendo en el espacio público
El alto tribunal ha suspendido cautelarmente la prohibición de llevar ‘burka’ o velo integral en espacios públicos aprobada por el Ayuntamiento de Reus (Tarragona) en febrero 2014, a través de una Ordenanza del Civismo.
El TSJC esgrime razones de «derecho de libertad religiosa» para permitir este atuendo en el espacio público, incluida la calle..
La ordenanza señalaba: ‘No está permitido permanecer en la vía pública ni acceder a los autobuses municipales, en las instalaciones, equipamientos o locales donde se ofrezcan servicios municipales, a las personas que lleven el velo integral, ‘burka’, ‘niqab’, pasamontañas, casco integral u otras vestimentas o accesorios que impidan o dificulten la identificación’.
El Ayuntamiento de Reus ya ha anunciado que recurrirá la decisión judicial.