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EDITORIAL: Medidas ante la primera muerte a causa del ébola en España

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Muerte de ébola

De acuerdo con el reglamento de la Policía Sanitaria Mortuoria de la Comunidad de Madrid, el contacto con los cadáveres debe realizarse “por personal entrenado” y no se procede, en estos casos, a ninguna preparación del cuerpo del difunto.

Es por esto que sólo personal entrenado y debidamente protegido podrá manipular el cuerpo sin vida de Pajares. No se puede embalsamar al difunto, y el cuerpo debe permanecer en un féretro sellado de cinc.

El traslado del féretro a la incineradora deberá realizarse lo más pronto posible y siempre siguiendo el reglamento establecido por la Policía Sanitaria Mortuoria.

Según ha podido confirmar este periódico, ni el Hospital Carlos III -donde permanecía ingresado el religioso- ni ningún otro de la Comunidad de Madrid tienen incineradora, por lo que el tema podría quedar en manos de una empresa privada.

Menos mal que lo tenían todo bajo control. Resulta que ahora no tienen donde incinerar el cuerpo y que lo va a tener que hacer una funeraria privada. Esta es la organización de la que presumen y el riesgo al que nos someten.

Las explicaciones las debería dar la señora Ministra, pero a saber dónde está, porque no ha dado la cara en ningún momento. Aunque claro, qué va a decir si no tiene ni idea de sanidad…

Directora NI

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