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Vuelven las restricciones a la circulación para los vehículos de transporte de mercancías durante los fines de semana y operaciones de tráfico especiales
Desde las 00:00 horas de este domingo 21 de junio y coincidiendo con la finalización del estado de alarma, vuelven a estar automáticamente vigentes las restricciones a la circulación establecidas a los vehículos de transportes de mercancías, según informa la Dirección General de Tráfico.
Las restricciones se realizan en todo el territorio español, incluido Cataluña y País Vasco, quienes también han restablecido las restricciones dentro de su ámbito competencial.
Los vehículos afectados son los de transportes de mercancías en general, mercancías peligrosas por calendario y tramos de vía, vehículos especiales y vehículos que precisan de autorización complementaria de circulación, al superar, por sus características técnicas o por razón de carga indivisible transportada, los valores de masas o dimensiones máximas permitidas.
Así pues, con el fin del estado de alarma, iniciado por Decreto el 14 de marzo hace 100 días, deja de tener efecto el artículo 3 de dicha Orden que el Ministerio del Interior publicó el 20 de marzo y se reestablecen las restricciones que por razones de seguridad vial, movilidad y fluidez, establece la Dirección General de Tráfico durante los fines de semana y días de operaciones especiales de tráfico. Dichas restricciones son publicadas anualmente en el BOE. Las de 2020 fueron publicadas el 21 de enero