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El Juzgado falla contra la colocación de la ikurriña en Estella

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona considera «disconforme» con el ordenamiento jurídico la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Estella-Lizarra el pasado 4 de agosto con motivo del lanzamiento del cohete anunciador de las fiestas.

La derogación de la Ley de Símbolos «no regula, ni ampara la exhibición de la bandera de otra comunidad autónoma distinta a la Navarra, ni de la ikurriña en concreto», según la resolución, contra la que cabe interponer recurso de apelación.

Esta sentencia, la segunda de estas características, llega días después de que el Juzgado número 1 de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona sentenciara también en contra de la colocación de la ikurriña en el Ayuntamiento de Burlada el pasado mes de agosto, a pesar, según precisa el fallo, de la derogación de la Ley de Símbolos de la Comunidad Foral.

En este caso se estima el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado contra la decisión del Ayuntamiento de Estella-Lizarra de izar la bandera de la Comunidad Autónoma Vasca.

El juzgado determina que, tras la derogación de la Ley de Símbolos, es necesaria una nueva ley foral «previo acuerdo político e institucional», que determine el uso de las enseñas en los edificios oficiales y en tanto en cuanto el Parlamento navarro apruebe dicha ley foral, «no existe norma que ampare la exhibición de otras enseñas distintas a las reguladas en la Ley 39/1981 que queda como única norma, general, pero indiscutiblemente aplicable en Navarra».

Añade al respecto que en este momento en la Comunidad Foral no existe «ninguna norma que permita o ampare una actuación como la desarrollada» por el Ayuntamiento demandado, por lo que declara «disconforme a derecho el acto impugnado».

La delegación del Gobierno en Navarra, representada por la Abogacía del Estado, solicitó la anulación de esa actuación al considerar que se incurría en diversas vulneraciones del ordenamiento jurídico.

En ese sentido citaba que era contraria a la Constitución española, la ley que regula el uso de la bandera en España y el de otras banderas y enseñas, de las que se desprende que las banderas que pueden ondear en un edificios público son «la española, la de la Comunidad autónoma y la local».

Igualmente planteaba que la derogación de la Ley Foral de Símbolo tampoco permite ese acto, así como que con esa actuación se estaba vulnerando el principio de «neutralidad y objetividad que deben presidir la actividad de las administraciones públicas, pues con la exhibición de la ikurriña, se han comprometido recursos públicos al servicio de un ideario determinado».

El Ayuntamiento de Estella-Lizarra se opuso a la demanda aludiendo a la evolución legislativa en la materia, haciendo referencia a la Ley foral de 1986 bajo cuya vigencia fue habitual la colocación de la ikurriña junto a la bandera de Navarra en los Consistorios, una norma derogada en 2003 por una norma que permitía colocar otras enseñas como cortesía a autoridades visitantes.

Esa ley de 2003 fue derogada en 2017 con el objetivo, según el Consistorio, de permitir «el desarrollo de una política democrática de tolerancia e integración en lo relativo a los símbolos» y es en ese contexto en el que entiende que es posible «integrar la ikurriña no como un símbolo oficial, pero si como propio siendo conforme a derecho su exhibición».EFE

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1 Comentario

  1. Aurrepatarra

    Navarra es una comunidad foral a la que quiere engullir el nacionalismo vasco desde siempre, al margen de la opinión mayoritaria de los navarros. Está claro que el nacionalismo no tiene límites, siempre intentará expandirse, contra lo que sea. lo de menos son las demandas cotidianas de los ciudadanos de a pie, esto lamentablemente no interesa a la clase política. interesa más el juego de banderas, idiomas, territorios, etc… penoso, y más penoso me parece que podemos haga el juego a estos grupos.

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