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A prisión el conductor que atropelló mortalmente a un hombre en Pamplona

A prisión el conductor que atropelló mortalmente a un hombre en Pamplona

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha decretado hoy el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del conductor que el miércoles atropelló mortalmente a un hombre de 90 años en el barrio pamplonés de la Txantrea cuando conducía ebrio.

El conductor, un hombre de 37 años, fue sometido tras el atropello a una prueba de etilometría, que arrojó una tasa superior a 4 veces el máximo legal permitido.

En el auto, que puede ser recurrido, la magistrada, en funciones de guardia, explica que la víctima se encontraba cruzando un paso de peatones cuando se vio sorprendido por el vehículo conducido por A. U. J, «del que todo indica que circulaba a una elevada velocidad puesto que lo arrolló desplazándolo 31 metros, hasta caer en la calzada, sufriendo graves lesiones que provocaron poco después su fallecimiento», según el auto.

Según la relata la juez, al conductor, que presentaba «evidentes signos de embriaguez», se le practicaron las pruebas de etilometría arrojando un resultado de 1,11 y 1,08 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.

El investigado, en su declaración, manifestó que circulaba a 30 kilómetros por hora o menos, lo que, según el fallo, «resulta poco creíble teniendo en cuenta la distancia a la que desplazó el cuerpo, y el tiempo que tardó en proceder a la efectiva detención de la furgoneta».

El imputado reconoció haber bebido una botella de sidra, a lo que se ha de añadir que él mismo señala que debido a su tratamiento toma once pastillas diarias.

La juez destaca en la resolución que el lugar del atropello es una zona escolar, el paso de peatones se encuentra a las puertas de un colegio, era de noche, un día lluvioso y a pesar de todo ello el Encausado circuló bajo los efectos del alcohol y muy rápido lo que generó un peligro «inminente y grave» para los usuarios de la vía.

Al respecto considera que «no cabe duda» de que se está ante un «supuesto de imprudencia grave como se ha venido reconociendo por la jurisprudencia en todos aquellos supuestos en que el resultado lesivo, en este caso el fallecimiento, trae su causa, o una de sus causas, en la conducción en estado de embriaguez, lo que provoca una falta de lucidez, de reflejos, de atención, de concentración en la realización de una conducta peligrosa como es la conducción de vehículos a motor.

A la vista de los hechos imputados, de la gravedad del delito y la gravedad de la conducta desarrollada, la juez ve procedente acordar la prisión provisional porque resulta indispensable para enervar cualquier riesgo de fuga y es necesario asegurar su presencia a disposición judicial, así como para evitar la reiteración delictiva teniendo en cuenta el manifiesto «desprecio» hacia la norma evidenciado por el investigado. EFE

Fallece un peatón atropellado por un conductor ebrio en la calle Mendigorría de Pamplona

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