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El 60% de los fondos de empleo para las autonomías quedará ligado a los objetivos comprometidos

El 60% de los fondos de empleo para las autonomías quedará ligado a los objetivos comprometidos
El Gobierno aprueba un paquete de medidas para promover el empleo estable
El Consejo de Ministros aprueba un paquete de medidas para promover el empleo estable

El Ejecutivo aprueba la Estrategia de Activación para el Empleo, el Plan Anual de Empleo 2014, la cartera común de servicios del sistema de empleo y el reparto de los 1.252 millones de fondos a las comunidades para este ejercicio

El Gobierno aprueba la reforma de las políticas activas de empleo.

También reforma la ley concursal para «facilitar la viabilidad de empresas».

El 95% de las empresas declaradas en concurso acaba ahora en liquidación.

El Ejecutivo modifica la ley hipotecaria para cumplir con la justicia europea.

El Gobierno ha aprobado la reforma de las políticas activas de empleo que liga de forma definitiva el traspaso a las comunidades autónomas de la mayor parte de los fondos a los resultados, de forma que desde 2015 seis de cada diez euros sólo se trasferirán si se consiguen los objetivos comprometidos.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha explicado que junto con la Estrategia de Activación para el Empleo 2014-2016, se han aprobado el Plan Anual de Empleo 2014, la cartera común de servicios del sistema de empleo y el reparto de los 1.252 millones de euros de fondos a las comunidades para este ejercicio. Según ha recordado, en 2013 se comenzó la transición gradual hacia la nueva cultura de evaluación que condiciona el reparto de los fondos, con un 15% del importe total ligado a los resultados de 2012, en tanto que el 40% los fondos para 2014 están subordinados a los resultados de 2013.

Según ha recordado, en 2013 se comenzó la transición gradual hacia la nueva cultura de evaluación que condiciona el reparto de los fondos, con un 15% del importe total ligado a los resultados de 2012, en tanto que el 40% los fondos para 2014 están subordinados a los resultados de 2013.

Salvar a las empresas con «dificultades»

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley (RDL) sobre Medidas Urgentes en Materia Concursal, cuyo objetivo es «facilitar» los acuerdos que permitan la supervivencia de empresas que entren en un proceso concursal.

La norma completa las medidas ya implantadas para la fase preconcursal con el decreto de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial aprobada en marzo, y persigue dar solución a algunas carencias y problemas detectados en la fase concursal.

Según ha explicado en rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, el objetivo es «mantener la viabilidad de las empresas, que son las que crean empleo».

En concreto, se establece un mejor engranaje entre el convenio concursal y los acuerdos de refinanciación y se eliminan los obstáculos legales para la venta de empresas o unidades productivas sin cargas.

Las deficiencias en el proceso concursal español han provocado que en el año 2013, el 95% de las empresas declaradas en concurso acabara en liquidación. Este porcentaje, según ha explicado el ministro de Economía, Luis de Guindos, es muy superior al de países como Reino Unido (80%) o Francia (70%).

Se trata en definitiva de facilitar el proceso de desapalancamiento de las empresas y de evitar la destrucción de tejido productivo, con la consiguiente pérdida de empleos. La norma se inscribe dentro del Plan Nacional de Reformas 2014 y recoge las recomendaciones de los organismos internacionales.

Facilitar acuerdos entre acreedores

Una de las principales novedades de esta norma es ampliar las posibilidades de extensión de los efectos del convenio a los acreedores disidentes y, en particular, a los acreedores privilegiados, en función de las mayorías que voten a favor.

Respecto a los créditos privilegiados, sin modificar su clasificación, se crean cuatro clases diferenciadas, a efectos de la votación para la extensión del convenio, según se trate de acreedores laborales, públicos, financieros o el resto. Dentro de los créditos con privilegio especial, se redefine este como el 9/10 del valor razonable del bien o derecho sobre el que se ha constituido la garantía, una vez deducidas las deudas preferentes.

Por último, se establece un mecanismo para permitir que las medidas de este RDL puedan aplicarse, por una sola vez, a los convenios adoptados al amparo de la legislación anterior, siempre que se den mayorías reforzadas (superiores a las exigidas para la aprobación del convenio) y que así lo apruebe un juez. Se excluirán de esta previsión a los acreedores de derecho público y laborales.

Transmisión de unidades productivas

Si pese a todo, la empresa entra en liquidación, la norma establece una serie de mejoras respecto de los procedimientos actuales. Con el fin de facilitar la trasmisión de unidades productivas de bienes o servicios del deudor, se incorporan tres medidas.

En primer lugar, se permite la transmisión de contratos y licencias sin el consentimiento de terceros (contrapartes y administración). También se hace posible la transmisión de unidades productivas libre de obligaciones de pago preexistentes, salvo que se acuerde lo contrario o que lo disponga así la ley (es el caso de salarios y obligaciones seguridad social). Finalmente, se permite la venta de unidades productivas con bienes dados en garantía, donde se elimina el consentimiento del acreedor, si el adquirente ocupa el lugar del deudor o si percibe el valor de la garantía; y, en otro caso, se prevén mayorías de arrastre.

Por otro lado, el RDL crea una comisión de seguimiento de prácticas de refinanciación y reducción de sobreendeudamiento, con funciones de seguimiento de las medidas adoptadas por esta norma. Asimismo, se constituye un portal telemático en el BOE con información sobre las empresas en liquidación para facilitar su enajenación.

Cambios en la ley hipotecaria

También, como ha señalado el ministro de Economía, Luis de Guindos, se modificará la ley hipotecaria para cumplir con el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaró la ley hipotecaria española contraria a la normativa comunitaria ya que «pone en peligro» la protección del consumidor al colocarle en una «situación de inferioridad en relación con el acreedor ejecutante, en lo que atañe a la tutela judicial de los derechos».

De esta forma, según el ministro, los deudores hipotecarios que vean desestimada su oposición a la ejecución de sus hipotecas podrán recurrir ante el juezcomo hasta ahora podían hacer las entidades financieras cuando no se les daba la razón, algo que ahora no es posible.

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