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El Ayuntamiento solicita un análisis sobre la supresión de Capitalidad a Pamplona

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El Ayuntamiento solicita al Gobierno de Navarra un análisis sobre la supresión de la Carta de Capitalidad a Pamplona, recogida en la nueva financiación de entidades locales aprobada por el «pentapartito»

La supresión de la Carta de Capitalidad supondría una merma en los ingresos de unos 6 millones de euros, según cálculos del Ayuntamiento de Pamplona.

El Ayuntamiento de Pamplona va a solicitar al Gobierno de Navarra la creación de una comisión de transferencias para analizar las denominadas competencias impropias y delegadas que, en la actualidad, presta el Consistorio sin tener obligación de hacerlo, pero a cuenta de la Carta de la Capitalidad. La supresión de la Carta de Capitalidad supondría una merma en los ingresos de unos 6 millones de euros. Ahora, el Ayuntamiento va a cuantificar el coste real de todos los servicios y prestaciones que viene realizando desde hace 25 años, competencias que, ante la falta de financiación, volverían a quien debe ejercerlas, que es el Gobierno de Navarra.

El alcalde de Pamplona, Enrique Maya, ha anunciado en rueda de prensa las acciones que desde el Ayuntamiento se van a impulsar para explicar y dar a conocer la situación en la que quedan las arcas municipales y para evitar que se suprima la Carta de Capitalidad. En este sentido, se pondrá en marcha una política de comunicación clara hacia la ciudadanía en general y empleados municipales en particular sobre las consecuencias de la supresión de la Carta de Capitalidad, vigente desde 1997.

En el Ayuntamiento de Pamplona se creará, además, una comisión sobre sobredimensionamientos, delegaciones y actividades impropias para analizar aquellos servicios, con sus consiguientes gastos, que el Consistorio realiza sin que formen parte de sus competencias u otros aspectos como las exenciones en la Contribución Territorial de los edificios del Gobierno de Navarra o de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. Entre esas competencias impropias, que ejerce el Ayuntamiento, pero que le corresponden al Gobierno de Navarra, se encuentran materias como la igualdad, la educación ambiental, el comercio o el turismo, entre otras.

Acciones en caso de aprobarse la supresión de la Carta de Capitalidad

Desde el anuncio de la supresión de esa Carta de Capitalidad, el Ayuntamiento de Pamplona ha creado un equipo de trabajo, que ha analizado los informes remitidos desde el Gobierno de Navarra con los que se justifica la decisión. El alcalde de Pamplona considera que el “nuevo sistema de financiación local es irreal e injusto. Irreal, porque está desvinculado de los servicios obligatorios, y que es lo que debe financiar el Gobierno de Navarra; e injusto, porque está repleto de criterios arbitrarios”, que puntúan aspectos como la centralidad, la atractividad y competitividad o la vertebración y capacidad de relaciones.

En caso de que se apruebe la modificación de la Ley Foral de Haciendas Locales y se consume la supresión de la Carta de Capitalidad, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pamplona instará a la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional por conflicto con la autonomía local de las entidades municipales. Además, se solicitarán al Gobierno de Navarra los informes necesarios sobre las competencias impropias que ejerce el Ayuntamiento sin tener obligación.

Sobre la Carta de Capitalidad

La Ley Foral 16/1997, de 2 de diciembre, por la que se establece la Carta de Capitalidad de la Ciudad de Pamplona, dota al Ayuntamiento de un complemento singular a su régimen ordinario de financiación. La Constitución Española también garantiza en su artículo 142 que las Haciendas Locales deben disponer de los recursos suficientes para el desempeño de las funciones que la ley atribuya a las Corporaciones Locales.

Según la exposición de motivos de la propia Ley Foral, la singularidad en la financiación derivada de la Carta de Capitalidad de Pamplona la confiere el hecho de que “numerosos servicios de la ciudad son demandados y utilizados, además de por los vecinos, por un alto porcentaje de población de hecho (…) que acuden a la capital como usuarios con carácter ocasional o permanente de los grandes servicios públicos que la Administración de la Comunidad Foral y la Administración del Estado tienen implantados en Pamplona, precisamente por ser la capital de la Comunidad Foral de Navarra’.

La ley señala que “la atención a esta demanda, añadida en los servicios públicos municipales, ha exigido al Ayuntamiento de Pamplona sobredimensionar determinados servicios e infraestructuras de la ciudad, lo que conlleva un incremento de gasto a expensas de sus presupuestos municipales, sin que (…) pueda repercutir ese gasto ‘per cápita’ añadido sobre sus usuarios reales, a través del sistema ordinario de financiación recogido en la Ley Foral de Haciendas Locales ni a través de ingresos propios ni de las transferencias corrientes del Fondo de Participación de las Haciendas Locales, por no estar censados como vecinos en Pamplona”.

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