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Se podrá solicitar el documento de voluntades anticipadas en los Centros de Salud

NAVARRAINFORMACIÓN.ES

El Departamento de Salud informa de que el documento de voluntades anticipadas puede solicitarse en los centros de salud, previa cita con el trabajador o la trabajadora social, tras interrumpirse el trámite habitual, de carácter presencial, con motivo del COVID-19

Decisión tomada ante la situación creada en el estado de alarma por coronavirus, en la que los ciudadanos han estado dos meses sin saber cómo actuar ni a dónde acudir y las consultas sobre este tema se han desbordado.

Constatado este aumento en el número de consultas por parte de los pacientes o de sus familiares en relación con la posibilidad de disponer de este documento como del uso que del mismo se hace en los centros sanitarios, se ha facilitado que el documento de voluntades anticipadas o testamento vital recoge las previsiones que una persona desea hacer respecto a la atención sanitaria que desearía recibir, en caso de que, en los momentos finales de su vida, no tuviera capacidad de decisión.

Tramitación

Salud indica que la realización del documento de voluntades anticipadas es una gestión sencilla que se puede realizar en todos los centros de salud de la Comunidad Foral. Antes de su formalización, a todas las personas  interesadas se les realizará una serie de preguntas con las que conocer si se trata de pacientes con la enfermedad COVID-19.

Destacan, asimismo, la necesidad de entregar el documento ya redactado de forma presencial ante el trabajador o la trabajadora social. Para facilitar este paso, los interesados pueden visualizar el modelo de documento que podrán tomar como referencia en el portal web del Gobierno de Navarra.

En éste se detallan los pasos a seguir, tanto para la inscripción como para una posible subsanación del documento. El  plazo para hacerlo está abierto todo el año.  El documento pasa a formar parte de una base de datos, para que los profesionales sanitarios puedan conocer la existencia del mismo.

En caso de no poder acudir al centro, el trabajador o la trabajadora social,  detallará en la historia clínica del paciente la voluntad de realizar la inscripción en los términos establecidos y, cuando éste pueda  acudir, se formalizará. A partir de ese momento tendrá validez legal.

Al final del proceso, se establece una conexión directa con la historia clínica para su consulta y se le notifica al usuario formalmente su inclusión en la base de datos oficial de documentos de voluntades anticipadas.

Cumplidos todos estos requisitos, el documento será accesible para los profesionales sanitarios y, tanto la persona que lo ha realizado como sus familiares, podrán ejercer el derecho a que sea consultado. Cualquier modificación que se desee realizar sobre las situaciones o previsiones expresadas anteriormente, puede hacerse en cualquier momento y de igual forma, presentando un nuevo documento que sustituirá al anterior.

Desde la Sección de Ciudadanía Sanitaria y Garantías del Departamento de Salud de Navarra se recuerda que “los servicios médicos tienen la recomendación de acceder a estos documentos, desde la propia historia clínica y consultar sobre la existencia y, en su caso, las instrucciones que cada persona dejó escritas por anticipado respecto a su tratamiento”.

También se incide en que “los profesionales que atienden estas situaciones, al consultar las instrucciones previas, tienen como criterio el máximo respeto por la libertad de elección expresada por cada paciente”. Estos supuestos se tienen en cuenta siempre que una persona esté ingresada por coronavirus o por cualquier otra patología y su estado de gravedad no permita al personal sanitario consultar con el afectado o afectada.

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