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Las empresas podrán deducirse del Impuesto de Sociedades el 40% de sus aportaciones al patrocinio en proyectos de deporte y mujer

Las empresas podrán deducirse del Impuesto de Sociedades el 40% de sus aportaciones al patrocinio en proyectos de deporte y mujer

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Las cantidades deducibles son las que siguen: hasta 30.000 € inclusive, el 30%; entre 30.001 y 60.000 € inclusive, el 35%; y más de 60.000 € y aportaciones de patrocinio a los proyectos de deporte y mujer el 40%

Desde el 1 de enero de 2018, las empresas navarras pueden deducirse de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades el 40 por 100 de las cantidades satisfechas, entregas de bienes o de derechos o prestaciones de servicios por gastos de publicidad derivados de contratos de patrocinio de actividades o competiciones deportivas declaradas de interés social, en las que participen o compitan solamente mujeres; y ello, con independencia del importe de la base de la deducción. Esta medida responde al Plan de Acción de Deporte y Mujer del Instituto Navarro de Deporte y Juventud

De cara a aplicar este porcentaje, en el caso de que el contrato de patrocinio incluya simultáneamente actividades o competiciones deportivas en las que participen o compitan sólo mujeres y otras que sean masculinas o mixtas, el solicitante de la declaración de interés social deberá acreditar previamente a su solicitud, la parte de los gastos de publicidad del patrocinio que corresponde a las actividades o competiciones deportivas en las que participan o compiten solamente mujeres.

Por otra parte, se recuerda que, de acuerdo con la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del impuesto sobre Sociedades, con efectos para los periodos impositivos iniciados durante los años 2017 y 2018, las empresas podrán deducirse de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades desde el 30% hasta el 40% de las cantidades satisfechas, de las entregas de bienes o de derechos y de las prestaciones de servicios por gastos de publicidad derivados de contratos de patrocinio de aquellas actividades deportivas, culturales y de asistencia social declaradas de interés social.

Las cantidades deducibles son las que siguen: hasta 30.000 € inclusive, el 30%; entre 30.001 y 60.000 € inclusive, el 35%; y más de 60.000 € y aportaciones de patrocinio a los proyectos de deporte y mujer, el 40%.

Actividades deportivas de interés social

Por otra parte, el Instituto Navarro de Deporte y Juventud (INDJ), en el ejercicio de sus competencias, puede declarar de interés social diversas actividades deportivas, a fin de promover en ellas la inversión publicitaria y favoreciéndolas con importantes desgravaciones fiscales, lo que supone, a la vez, una fuente de financiación para los equipos y deportistas navarros.

Esta declaración de interés social puede ser solicitada para actividades y competiciones deportivas por las personas, entidades y organismos que acrediten un interés directo en dicha declaración. El plazo de presentación de la solicitud vence el 30 de junio del año siguiente a la finalización de la actividad para la que se solicita.

Las actividades que pueden ser declaras de interés social son: las pruebas o competiciones de carácter internacional; las pruebas o competiciones de carácter nacional; las pruebas o competiciones de ámbito navarro; actividades organizadas por el INDJ, y cualesquiera otras actividades deportivas organizadas en Navarra, que ofrezcan un alto nivel deportivo, fomenten la recuperación de un deporte tradicional, tengan una amplia repercusión social, alta participación popular o presenten circunstancias análogas justificativas de un interés social cualificado, todo ello a juicio del INDJ.

Las personas, empresas o clubes interesados disponen de información completa en el siguiente enlace.

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