El Constitucional ha sentenciado hoy que el artículo del Reglamento del Parlament que permitió la tramitación express de la ley del referéndum ilegal del 1 de octubre y de la ley de transitoriedad no es inconstitucional, pero ha negado validez a una interpretación del mismo como la que se hizo en aquella ocasión.
El Pleno del TC ya admitió a trámite el incidente de ejecución del Gobierno contra esa tramitación, y la suspendió cautelarmente, al tiempo que en otras sentencias declaró inconstitucionales las resoluciones adoptadas por el Parlament a partir de esa tramitación.