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Cultura impulsa ayudas para promover actividades artísticas y culturales en Navarra

Cultura impulsa ayudas para promover actividades artísticas y culturales en Navarra

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La Dirección General de Cultura convoca ayudas por un importe máximo de 509.000 euros para impulsar actividades artísticas y culturales en las localidades navarras. En concreto, se destinan a espectáculos y exposiciones relacionados con las actividades llevadas a cabo habitualmente desde el Servicio de Acción Cultural del Departamento de Cultura, en los siguientes sectores: música, lírica, literatura, teatro, danza, artes plásticas, cine y audiovisuales.

Estas subvenciones van destinadas a contribuir a los gastos derivados de la ejecución y difusión de dichas actividades, que se realicen desde el 8 de noviembre de 2016 al 7 de noviembre de 2017 ambos inclusive.

Las solicitudes y la documentación señalada podrán presentarse en cualquiera de las Oficinas de Registro de Gobierno de Navarra y en aquellos lugares establecidos por la legislación desde mañana 6 de abril hasta el 9 de mayo. También pueden tramitarse a través de registro electrónico si se posee la correspondiente firma electrónica.

Beneficiarios

De acuerdo con las bases publicadas en el BON, los beneficiarios de estas ayudas podrán ser: a) entidades locales con una población de hasta 40.000 habitantes; b) entidades locales con una población de entre 1.000 y hasta 40.000 habitantes; c) entidades locales con menos de 1.000 habitantes que presenten actividades culturales con otras entidades locales que en su conjunto alcancen una población superior a 1.000 habitantes. Una entidad local deberá figurar como organizadora y el resto como participantes. En este caso deberán hacer constar los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad local así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos; d) Podrán ser beneficiarios, en su caso, los organismos o entidades a través de los cuales las entidades locales gestionen directamente sus actividades culturales así como las fundaciones constituidas por ellas.

Imputación presupuestaria
Se establece una cuantía básica de la subvención en función del número de habitantes de la entidad. Una vez analizadas las solicitudes y calculadas las ayudas, en el caso de que la dotación económica de la convocatoria no se hubiera agotado, se repartirá entre las entidades cuyas solicitudes hayan alcanzado o superado los 7 puntos conforme a los criterios establecidos en las bases.

Las ayudas serán, como máximo, del 40% del presupuesto aceptado. A aquellas entidades que su proyecto de gasto no alcance el importe mínimo que debe justificar en función del número de habitantes, se les otorgará el 20% del presupuesto presentado.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables: a) los gastos por la contratación de espectáculos de grupos profesionales y de grupos amateur; b) los gastos generados por la programación y contratación de exposiciones. c) los generados por entidades de gestión de derechos de autor. d) los derivados de la ejecución de las actividades programadas, y e) los gastos de difusión de las actividades programadas.

Quedan expresamente excluidos: a) los gastos de viajes, comidas, dietas y alojamientos; b) cursos, talleres, conferencias, premios y el pago a jurados de concursos; c) las actividades culturales que la entidades locales puedan organizar o apoyar con motivo de las fiestas locales o patronales; d) las actividades relacionadas con las festividades navideñas; e) las actividades en las que participan entidades artísticas y/o culturales de la localidad; f) el alquiler de espacios escénicos o locales donde se realicen las actividades culturales; g) los gastos de actividades en las que los Ayuntamientos subvencionen a otras entidades; h) los derivados de programas artísticos organizados por el Gobierno de Navarra.

Criterios de valoración

En la valoración de las solicitudes presentadas (máximo 10 puntos) y en la determinación de la cuantía de la ayuda, la comisión tendrá en cuenta los siguientes criterios:

1) la programación de actividades (máximo 6 puntos): a) el número de actividades por disciplinas (música, lírica, teatro, danza, cine, audiovisuales y exposiciones) (máximo 2 puntos); b) Número de actividades: (máximo 2,75 puntos); 3) la participación en programas compartidos con otras localidades (0,25 puntos), y 4) las actividades programadas en euskera (máximo 1 punto).

2) el esfuerzo presupuestario en relación a la población (máximo 2 puntos). Se entiende como esfuerzo presupuestario, la relación entre el presupuesto aceptado en la presente convocatoria dividido por el número de habitantes de la localidad.

3) La existencia de un técnico en gestión cultural en el municipio o concejo, funcionario o contratado, o contratación de los servicios culturales a través de una empresa. También en entidades locales menores de 1000 habitantes que mancomunadas alcancen esta población y presenten actividades culturales de forma conjunta (máximo 2 puntos).

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