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Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e I-E piden cambiar el código penal para que los agresores de Alsasua no sean juzgados por terrorismo

Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e Izquierda Ezkerra han registrado una moción que insta a las Cortes Generales a emprender «de manera urgente» la modificación del artículo 573 del Código Penal y la calificación del delito de terrorismo introducida a través de la Ley Orgánica 2/2015, de 30 de marzo.

La moción ha sido registrada unos días después de que la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela haya concluido el sumario contra los jóvenes de Alsasua que fueron detenidos como presuntos autores de una agresión a dos guardias civiles y sus parejas.

La juez les atribuye delito de terrorismo y, según denuncian estos partidos políticos navarros en un comunicado, pueden enfrentarse a unas penas «absolutamente desproporcionadas por unas conductas que en circunstancias normales no pasarían de ser hechos constitutivos de una sanción penal común».

Los grupos firmantes de la moción consideran que resulta «especialmente llamativo» que, «cuatro años después de desaparecida la amenaza de ETA con el cese definitivo de su actividad, se produjese en el Estado una modificación del tipo penal de terrorismo como la producida en la pasada legislatura bajo la mayoría absoluta del Partido Popular».

Esta modificación, aseguran, supone aplicar al concepto de terrorismo «unos límites difusos», por lo que, «aunque ETA no mate ni cometa atentados desde hace más de cinco años, puede haber un delito de terrorismo sin una organización activa detrás cuando se considere por el juzgador que existe una conducta dirigida a atemorizar a una parte de la población o a producir una grave alteración de la paz pública».

Estas fuerzas políticas sostienen que dicha modificación del Código Penal «ha sido denunciada por organismos internacionales», entre los que se encuentra la ONU, «por su vulneración de los derechos civiles y libertades democráticas», de modo que «se pueden llegar a criminalizar conductas que no constituirían terrorismo, y podrían resultar consecuencias desproporcionadas al ejercicio de la libertad de expresión».

En este sentido, destacan que «son numerosas y de sensibilidades plurales las personalidades del ámbito jurídico que han manifestado que, en materia de derecho penal y penitenciario, la lucha contra el terrorismo se deslizó en el Estado español hacia una práctica interpretativa y de cambios legales que cabe enmarcar en el ámbito excepcional».

Los cuatro grupos consideran que «es momento de recomponer el estado de normalidad penal retomando las garantías y mínimos que en esta materia constituyen estándares básicos de un sistema de derechos y libertades».
«Recuperar la normalidad penal es un objetivo democrático porque contribuye decisivamente a la normalización de la convivencia en nuestra sociedad», concluyen.

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