
Rojadirecta.me no está activa y ahora se accede a la web a través deTarjetarojaonline
Un juzgado ordenó esta semana el cese inmediato de emisiones a través de esta web que ofrece enlaces a eventos deportivos en directo.
Rojadirecta ha cambiado su url y ahora esTarjetarojaonline. Tras unos días convulsos que comenzaron con Canal+ intentando cerrar la web y han acabado con un juzgado dando una semana de plazo a la web a no ofrecer los enlaces para ver partidos de Liga (de lo contrario, ordenaría su cierre inmediato), Rojadirecta ha optado por este cambio y rojadirecta.me ya no está activa.
La actual web acompaña los enlaces con un mensaje que dice: «Aviso legal: Todo el contenido de este sitio estan ubicados en servidores de terceros, proveídos o transmitidos por terceros. Todo el contenido de este sitio es sacado de sitios publicos de internet por lo que este material es considerado de libre de distribución y no nos hacemos responsables del uso indebido que puedes hacer del contenido de nuestra página».
Ultimátum judicial
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña decretó este jueves el cierre cautelar de todos los dominios de Rojadirecta, página web que ofrece enlaces para ver acontecimientos deportivos. El juez estimó la solicitud de medidas cautelares por parte de DTS Distribuidora de Televisión Digital (Canal+) contra la mercantil Puerto 80 Projects, que gestiona Rojadirecta.
Por otra parte, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de la ciudad gallega, rechazó la solicitud de caución sustitutoria propuesta por Rojadirecta, que ofrecía 10.000 euros para evitar el cierre cautelar de la web que pedían, en este caso, Mediapro y GolT.
Las dos vistas se celebraron hace una semana en los Juzgados de A Coruña, en los que DTS intentó que Rojadirecta ya no estuviera operativa el pasado sábado para impedir así que tuviera la posibilidad de facilitar enlaces para el clásico de la Liga entre el Real Madrid y el FC Barcelona en el Santiago Bernabéu.
El juez sustituto del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña requirió la demandada al cese y, coetáneamente, a los proveedores de acceso a internet y los proveedores de DNS a fin de que bloqueasen la posibilidad de acceso a los dominios afectados. «El cierre impide o evita la posibilidad de usar DNS para acceder a ese contenido, evitando con ello, la posibilidad de burlar, por tanto, la medida», apuntaba el auto.
En el fallo, recordaba que la efectividad de las medidas acordadas exige la previa prestación por parte de la actora (DTS) de una fianza por importe no inferior a 10.000 euros y le da cinco días para su constitución.
Puerto 80 Projets S.L.U., administradora y gestora de la web www.rojadirecta.me, página en la que se agregan enlaces para poder visionar, de forma gratuita, eventos deportivos a los que debería accederse previo pago, defendía que no ostentaba la condición de prestatario directo del servicio sino que se trataba de un intermediario que daba publicidad de los enlaces. El juez consideró que es «de difícil comprensión que la demandada no tuviere» conocimiento efectivo de que la información a la que remiten es ilícita o lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización.
«Por una parte, es pública y notoriamente conocido la problemática existente en cuanto a la posibilidad de que se puedan ver partidos de fútbol gratis a través de estas páginas de enlaces, cuando la otra alternativa es verlos previo pago», explica el auto, que recuerda, además, que Rojadirecta ha tenido «diferentes procesos civiles y penales» sobre esa materia.
Además, considera probado que en Rojadirecta «nadie puede subir enlaces sin autorización del titular» y entiende que sus administradores conocen «el destino de los enlaces en el momento de iniciar los eventos». «La única explicación lógica es que se efectúa con la colaboración consciente de la demandada», concluye el juez. También apunta que «se ejercita, de forma subsidiaria, una acción de competencia desleal» ya que la demandada (Rojadirecta) desarrolla «una actividad sin los preceptivos desembolsos, prevaleciéndose de unaventaja competitiva«.