UGT recurrirá la sentencia del Juzgado de los Social nº2 sobre la nulidad de varios artículos del Convenio del Metal de Navarra
La Federación de MCA –UGT de Navarra, declara en su valoración que «la sentencia no declara la nulidad de los artículos 25 y 26 y la disposición 1ª sobre la inaplicación. Sólo anula, en concreto, «la previsión de que en el caso de que existan estos procedimientos en empresas sin representación sindical y si los trabajadores no han elegido la comisión “and hoc” que establece el Estatuto, los sindicatos firmantes del Convenio puedan actuar en representación de los mismos».
Por su parte, dice el sindicato que «avala la filosofía del articulado en lo fundamental y es que las empresas, ante los procesos de modificación, despido colectivo o procesos de suspensión de la jornada, tengan que acreditar que las decisiones empresariales son justificadas, proporcionales y contribuyen a la subsistencia de la empresa y al mantenimiento del empleo».
Lo cual constituye para UGT «una herramienta fundamental para incrementar la capacidad de intervención sindical e intentar impedir las decisiones unilaterales, arbitrarias y absolutamente desequilibradas, que permite la actual regulación de un injusto Estatuto de los Trabajadores y que otorga una mayor capacidad y fortalece la posición de pre eminencia de las decisiones empresariales».
También «recupera la posibilidad de la tutela judicial, ante las modificaciones sustanciales y condiciones de trabajo, despidos o inaplicaciones de carácter preventivo y desproporcionado».
Y, por último, «la sentencia avala las nuevas competencias de la Comisión Paritaria en estos procesos de modificación, despido colectivo e inaplicación, porque una vez pasado el plazo del periodo de consultas sin acuerdo y ante el riesgo de imposición unilateral de las decisiones empresariales, estima que la Comisión puede intervenir como órgano de mediación a instancia de cualquiera de las partes y emitir una resolución».
El Convenio del Metal de Navarra de los años 2012, 2013 y 2014 es un Convenio modelo y referencia para todo el país en cuanto a recuperar la esencia de fortalecer los procesos de negociación, dando instrumentos a la representación sindical para combatir la Reforma Laboral y sus efectos, permitiendo tener una mayor capacidad de intervención sindical para evitar situaciones de indefensión y desregulación.
Sobre las informaciones de ELA y LAB
Afirma UGT que «las informaciones transmitidas por los sindicatos ELA y LAB son absolutamente falsas, manipuladoras e interesadas, porque solamente se estimó una previsión final de los artículos, que no afecta a la esencia del nuevo procedimiento normativo que constituye un instrumento esencial en el sector para fortalecer la defensa de los intereses de los trabajadores del sector en las empresas con representación sindical en los procesos de modificación sustancial de condiciones, despido colectivo e inaplicación».
La actitud de los sindicatos ELA y LAB, señala en la nota el sindicato de UGT, «tiene como consecuencia práctica dejar a los trabajadores sin representación en las pequeñas y medianas empresas absolutamente indefensos y nos parece profundamente indeseable que hagan referencias al respeto a la Ley de un Estatuto de los Trabajadores cuyo eje de rotación ha girado en favor de los intereses empresariales, y además, cuando la Reforma Laboral vulneró el derecho a la autonomía colectiva y a la auto composición».
Así mismo, el sindicato aclara que «la demanda de LAB fue desestimada totalmente por la Sala de lo Social nº 2 y en la de ELA, como antes hemos mencionado, la sala nº 2 del Juzgado de lo Social avala en la sentencia la filosofía fundamental que contiene el articulado normativo del Convenio y solo afecta a una previsión normativa adoptada en Navarra del Convenio Estatal del Metal y que no ha sido utilizada durante la vigencia de todo el Convenio.
UGT denuncia, pues, «la estrategia aprovechada, parásita y sablista de quien no se compromete en la Negociación Colectiva a firmar acuerdos, que contienen herramientas fundamentales frente a una Reforma Laboral que perjudica gravemente los intereses de los trabajadores del sector y posteriormente consagra la Reforma Laboral de Rajoy como ley de obligado cumplimiento, cuando perjudica los intereses que representamos».
MCA – UGT manifiesta que seguirá «trabajando sindicalmente para construir alternativas normativas, utilizando nuestro legítimo derecho a la Negociación Colectiva, hasta que se derogue la Reforma Laboral que ELA dice que hay que cumplir».

