Últimas noticias

300 euros al mes para la contratación de jóvenes entre 16 y 25 años

300 euros al mes para la contratación de jóvenes entre 16 y 25 años

 

Fatima bañez

La bonificación de 300 € es compatible con más ayudas para contratar Deberán mantener el puesto de trabajo por lo menos durante los seis meses en los que percibirá la ayuda

 

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley por el que se regula el ‘Sistema Nacional de Garantía Juvenil’, cuyo objetivo es que los jóvenes mayores de 16 años y menores de 25 que no estén ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación reciban una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar en el paro.

En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la edad se eleva hasta los 30 años.

Según señaló la ministra de Empleo, Fátima Báñez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el número potencial de beneficiarios de la garantía juvenil, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), alcanza los 840.000. Para beneficiarse de esta garantía juvenil, los jóvenes deberán darse de alta en un registro único en el que trabajarán todas las administraciones.

La ministra ha anunciado que para apoyar la contratación juvenil se establece una ‘tarifa joven’, consistente en una bonificación mensual en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social de 300 euros mensuales durante un máximo de seis meses (1.800 euros en total), de la que podrán beneficiarse las empresas, incluidos los autónomos y las entidades de la economía social, que contraten indefinidamente a un joven inscrito en la garantía juvenil.

Esta ‘tarifa joven’, en vigor hasta el 30 de junio de 2016, será compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador autónomo no sea negativo. Además, la empresa deberá mantener al joven trabajador al menos seis meses desde el inicio de la relación laboral. Si lo despide antes, deberá reintegrar la bonificación.

Asimismo, las empresas que hagan uso de esta bonificación estarán obligadas a incrementar con la nueva contratación tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total, y mantenerlo durante todo el periodo de disfrute de la bonificación.

En el supuesto de que la contratación sea a tiempo parcial, la jornada alcanzará como mínimo el 50% de la correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo comparable, aplicándose una bonificación de entre 150 y 225 euros para este supuesto en función de la jornada de trabajo.

La aplicación de la bonificación por parte de cada empresa sólo se producirá una única vez por cada uno de los beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil que sea contratado, con independencia del periodo de la bonificación disfrutado por la empresa por dicho trabajador.

«Para el Gobierno, la prioridad absoluta es el empleo, especialmente el empleo joven. Ha sido la gran prioridad no sólo del Gobierno, sino también de la sociedad española, de las comunidades, de los agentes sociales, y las fundaciones, entidades y organizaciones que trabajan con nosotros para dar oportunidades laborales a los jóvenes», ha subrayado la ministra, que ha resaltado que aunque el paro juvenil baja actualmente a un ritmo interanual del 9,2%, se debe seguir trabajando para «multiplicar» las oportunidades laborales de los jóvenes.

La norma introduce otros incentivos para los contratos formativos que se hagan con jóvenes de la garantía juvenil. Así, en el contrato de formación y aprendizaje se prevé que, para los beneficiarios de la garantía juvenil, la cuantía máxima de las bonificaciones por la actividad formativa pueda elevarse a través de la modificación de su regulación. Igualmente, se tendrán en cuenta en el incentivo los costes inherentes de la necesidad de disponer de un tutor.

En el contrato de prácticas, que actualmente cuenta con una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes, se incorpora, para los beneficiarios de la garantía juvenil, una bonificación adicional del 50% en las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por continencias comunes. De esta forma, el incentivo será del 100% cuando las empresas contraten a los jóvenes inscritos en el sistema de garantía juvenil.

Además, en lo que se refiere al contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, la reducción de cotizaciones empresariales vigente actualmente para la contratación de parados menores de 30 años, se extiende a los beneficiarios de la garantía juvenil.

Junto con el apoyo a la contratación, el Real Decreto-ley por el que se regula el sistema de garantía juvenil contempla medidas de intermediación, de mejora de la empleabilidad y de fomento del emprendimiento, a desarrollar por la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, cada una en el marco de sus competencias.

About The Author

Responder

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *