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El Colegio de Enfermería «aplicará» las indicaciones de Salud en la ‘prescripción enfermera’

El Colegio de Enfermería «aplicará» las indicaciones de Salud en la ‘prescripción enfermera’

El Colegio de Enfermería de Navarra reunido ha acordado una postura común con las direcciones de Enfermería de todos los centros hospitalarios del SNS-Osasunbidea, Atención Primaria, Salud Mental, Clínica Universidad de Navarra, Hospital San Juan de Dios, Clínica San Miguel y Clínica Padre Menni, y Facultades de la UPNA y de la UN.

El acuerdo del Colegio y direcciones de enfermería dicta lo siguiente:

«Dada imposibilidad de aplicar a día de hoy el RD de prescripción enfermera -al no existir todavía guías y protocolos ni poder formalizarse la acreditación como enfermero prescriptor– resulta aconsejable seguir las instrucciones emitidas por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra sobre el uso de medicamentos y productos sanitarios, mientras persista esta situación de inseguridad jurídica.

Precisamente, Colegio y representantes de las direcciones de Enfermeria de los diferentes centros y ámbitos sanitarios navarros coinciden en considerar que las indicaciones dictadas por Salud vienen a llenar el vacío legal existente. Así lo manifestaron en una reunión celebrada el pasado 10 de febrero convocada por el Colegio de Enfermería navarro. Dicho encuentro tenía como objetivo acordar una postura común y clarificar los mensajes ante la incertidumbre generada entre los profesionales por las numerosas y diferentes interpretaciones que se vienen haciendo del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por parte de los profesionales de Enfermería, más conocido como “RD de prescripción enfermera”.

CONSULTADO CON DISTINTOS JURISTAS

Para la reunión, que contó con la presencia de un abogado, se había consultado además a distintos juristas acerca de los aspectos legales referidos a la obligación de cumplimiento bien del RD de prescripción enfermera o bien de las instrucciones emitidas por el Departamento de Salud, con fecha 27 de enero de 2016, indicaciones que establecen que el personal de Enfermería continúe gestionando la administración y uso de los medicamentos y productos sanitarios en los mismos términos en que se venía haciendo hasta el momento en los distintos centros sanitarios, en tanto no se aclare la situación de inseguridad jurídica originada por dicho RD.

Además del Colegio, las conclusiones consensuadas cuentan con el respaldo de las siguientes direcciones de Enfermería: Complejo Hospitalario de Navarra, Hospital Reina Sofía (Tudela), Hospital García Orcoyen (Estella), Gerencia de Atención Primaria, Gerencia de Salud Mental, Clínica Universidad de Navarra, Hospital San Juan de Dios, Clínica San Miguel y Clínica Psiquiátrica Padre Menni; así como de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Pública de Navarra y de la Facultad de Enfermería de la Universidad de Navarra.

Así, y sin perjuicio de que se mantenga la disconformidad y oposición al RD de prescripción enfermera, norma que el Colegio de Navarra va a impugnar en su totalidad ante el Tribunal Supremo, todos los representantes de Enfermería convocados por el Colegio coincidieron en concluir lo siguiente:

    • Si bien el RD 954/2015 es una norma básica de ámbito estatal, y por tanto superior, su ejecución en la práctica corresponde llevarla a cabo a cada comunidad autónoma.
    • Dado que en este momento dicho RD no es aplicable al no existir las guías y protocolos necesarios para su cumplimiento, al igual que resulta imposible a día de hoy la acreditación como enfermera/o prescriptora/a, otra de las exigencias de la norma, las instrucciones emitidas por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra vienen a llenar ese vacío legal y “permanecerán en vigor mientras persista la situación derivada de la aplicación sin las debidas garantías del mencionado decreto”, como indica la instrucción.
  • Como máxima autoridad sanitaria de la Comunidad Foral de Navarra, y en virtud de las competencias y atribuciones que ostenta, las instrucciones emitidas por el Consejero de Salud del Gobierno de Navarra al objeto de garantizar la continuidad asistencial en la Comunidad Foral, adquieren carácter de mandato para las enfermeras y enfermeros que ejercen en esta Comunidad, mientras no se clarifique la situación de inseguridad jurídica originada por dicho RD y se adopten las medidas para que pueda ser aplicado.»

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