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El Tribunal Superior de Justicia de Navarra autoriza la prórroga de las medidas contra el Covid-19 hasta el 22 de abril
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha autorizado hasta el próximo 22 de abril la prórroga de las últimas medidas adoptadas, tal y como había solicitado el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra, al considerar las medidas “necesarias y proporcionadas”.
Estas quedan recogidas en una Orden Foral de la consejera de Salud publicada en el Boletín Oficial (BON) de hoy e incluyen el cierre del interior de la hostelería, aunque los locales sí podrán dispensar comida a domicilio o para recoger, hasta las 22.30 horas, y las terrazas permanecerán abiertas al 100%, hasta las 21 horas, en las condiciones establecidas por normativa.
Quedan excluidos de la obligación de cierre de interiores los comedores de hoteles y otros alojamientos que podrán servir comidas sólo a sus huéspedes, con un máximo de cuatro personas por mesa. Podrán además abrir los servicios incluidos en centros sanitarios, sociosanitarios, comedores escolares y universitarios, comedores de empresa y servicios de comedor de carácter social.
Además, se podrá autorizar la apertura de forma excepcional del interior de determinados locales que tengan servicio de restauración para trabajadores del transporte de viajeros o de mercancías acreditados.
Por otra parte, se suprime toda actividad en zonas interiores de los establecimientos de la actividad de bingos, salones de juegos y recreativos.
En cuanto al aforo comercial, se mantiene reducido al 30% en las medias y grandes superficies, en donde no se podrá permanecer en las zonas comunes, ni hacer uso de las zonas recreativas. El pequeño comercio permanece a un 50% de aforo máximo.
En los espacios multifuncionales para eventos se mantienen prohibidas las celebraciones familiares, sociales, de amigos o de ocio, con consumo de comida y/o bebida, en el interior (en el exterior se permite hasta un máximo de 20 personas por cada grupo de celebración).
Y, en cuanto a las actividades de culto, se recomienda su realización hasta las 21:00 horas respetando, en todo momento, los límites de aforo y las medidas sanitarias.