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El Congreso convalida el Real Decreto-ley de medidas sociales en defensa del empleo

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La prórroga de los ERTE hasta el 30 de junio, la implementación de la fuerza mayor parcial y un sistema de exenciones, que estimula la recuperación de la actividad, son los principales ejes de la norma aprobada

El Congreso de los Diputados ha convalidado hoy el Real Decreto Ley 18/2020 que otorga cuerpo legal al Acuerdo en Defensa del Empleo, suscrito en el Palacio de La Moncloa, el pasado 11 de mayo, entre el Gobierno y los agentes sociales.

La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha expuesto hoy, al cierre de la sesión plenaria y en la primera jornada de luto nacional decretada por las víctimas de la Covid-19, el articulado que prorroga, hasta el 30 de junio, el mecanismo de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

Prórroga de los ERTE por fuerza mayor

La principal medida contenida en esta norma es la prórroga de los ERTE hasta el 30 de junio para aquellas empresas que no puedan reanudar su actividad por causas de fuerza mayor temporal, entendiéndose como tal la pérdida de actividad ocasionada por el COVID-19. Las empresas que puedan recuperar parcialmente su actividad, podrán reincorporar a los trabajadores afectados afectados por el ERTE, para lo que se otorgará prioridad a la reducción de jornada, ya que implica un impacto económico menor para el empleado, según el Ejecutivo.

Tal como señaló la ministra Díaz, los ERTE «han permitido que 3,3 millones de personas mantengan su relación laboral con la empresa, al mismo tiempo que han servido para que más de medio millón de empresas se mantengan vivas en espera de la reactivación económica».

La titular de Trabajo ha incidido en el papel preponderante del Diálogo Social en la articulación de un Real Decreto-ley que favorece un regreso pautado, de todos los sectores, a la actividad económica, a través de la denominada ‘fuerza mayor parcial’, una figura que permite la convivencia, dentro una misma empresa, de personas trabajadoras reintegradas a la actividad y de otras personas trabajadoras que mantienen sus contratos en suspenso o con jornada reducida.

El Real Decreto-ley convalidado hoy facilita, además, el tránsito de ERTE por fuerza mayor a ERTE por causa económica, técnica, organizativa y de producción (ETOP), estableciendo los mecanismos de continuidad entre ambos y simplificando, al máximo, esta transición.

La normativa, que contempla la creación de una Comisión Tripartita de seguimiento del Acuerdo, ya en activo, se detiene también en el buen uso de los fondos públicos destinados al mecanismo flexible y adaptable de los ERTE. Fruto de esta voluntad, el Real Decreto Ley 18/2020 recoge la cláusula específica de salvaguarda del empleo, durante seis meses, y la prohibición del despido, hasta el 30 de junio, fecha hasta la que se interrumpe, también, el cómputo de los contratos temporales.

Además, la normativa hoy visada por la Cámara dicta que las empresas domiciliadas en paraísos fiscales no podrán acogerse a los beneficios de los ERTE e impide el reparto de dividendos durante el ejercicio fiscal que corresponde a la aplicación del expediente.

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