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Interior detalla la «desescalada» en las «prisiones de la Administración Central»

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Interior detalla las medidas para la «desescalada» en las «prisiones de la Administración Central»

Casos de coronavirus y afectación

Según los datos trasladados en la nota de prensa, «los casos de los reclusos dependientes de la Administración Central aproximadamente 4 veces inferior al impacto en la población general».

«El número total de internos con PCR positiva es de 60 (15 de ellos con alta hospitalaria) lo que supone una tasa de afectación algo superior a 1 por mil internos, mientras que entre la población en general esa tasa es de 4,3 por mil habitantes», se ha precisado.

En cuanto a la mortalidad, «Instituciones Penitenciarias ha lamentado el fallecimiento de dos internos, ambos del Centro Penitenciario Madrid VII en Estremera».

No obstante, han añadido, «la tasa de mortalidad se sitúa en el 0,04 por mil internos, lo que supone aproximadamente 10 veces menos que en la población general (0,48 por mil habitantes), mientras que la tasa de hospitalización es aproximadamente 7 veces inferior a la del resto de la población».

Sin embargo, de los trabajadores de los Centros Penitenciarios  «se lamenta la muerte de cuatro funcionarios de los centros de Alicante, Cuenca, Soria y Teruel». También en el acumulado de casos positivos es mayor a los presos y asciende a 258 trabajadores, de los cuales 163 ya han recibido el alta.

Así pues, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (IIPP) del Ministerio del Interior ha enviado este miércoles a «todos los centros penitenciarios dependientes de la Administración General del Estado las instrucciones para el desarrollo de la Orden INT/407/2020 de 12 de mayo, para la flexibilización de las medidas adoptadas a consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19», así lo ha confirmado la Delegación del Gobierno en Navarra.

No obstante, ha precisado que «las medidas, de momento, solo serán de aplicación en aquellos centros penitenciarios que se encuentren en zonas en Fase 1 o 2».

Las actividades en las prisiones se irán realizando de manera «gradual y  «a partir de mañana, con la entrada en vigor de la Orden del Ministerio del Interior».

Comunicaciones ordinarias

– Se autorizan las comunicaciones por locutorio con familiares, amigos, abogados, profesionales externos para actividades autorizadas, letrados de los servicios de orientación jurídica y ministros de culto, siempre que el comunicante provenga de la provincia o el territorio sanitario en la que se encuentre el centro penitenciario.
– Los internos acudirán a comunicar siempre que no exista impedimento desde el punto de vista clínico o sanitario.
– Se reduce el número de visitantes a dos personas por comunicación.
– Será obligatorio el uso de mascarillas y guantes, y no se permitirá el acceso a aquellas personas que presenten síntomas de infección respiratoria.
– Para favorecer el distanciamiento social, se reduce al 50% el uso de los locutorios que, sin embargo, se podrán utilizar durante 6 días a la semana, mañana y tarde.
– Se procederá a la desinfección de los mismos después de cada comunicación y a la desinfección general del departamento de comunicaciones una vez a la semana.

Permisos de salida y salidas programadas:

– Se reanudan permisos ordinarios, extraordinarios y salidas programadas, de acuerdo con las indicaciones de la autoridad sanitaria.
– Se revisarán los permisos ordinarios pendientes, a efectos de autorizar aquellos que vayan a disfrutarse en el ámbito geográfico en el que esté permitida la movilidad.
– Se facilitará mascarilla a los internos.
– Se recabará consentimiento expreso por parte del interno interesado para permanecer en cuarentena durante 14 días –o el tiempo que determine el personal sanitario- a su regreso al centro.

Traslados

– Se autorizan los requeridos por autoridades judiciales, los derivados de cuestiones sanitarias y los que obedezcan a razones excepcionales o causas de fuerza mayor.
– Los internos deberán portar mascarilla.
– No se procederá al traslado de ningún interno que se encuentre en módulo en cuarentena o internos aislados por sospecha de COVID-19.
– Se recabará consentimiento expreso por parte del interno interesado para permanecer en cuarentena durante 14 días -o el tiempo que determine el personal sanitario- a su regreso al centro.

Además, se retomarán gradualmente aquellas actividades educativas, formativas, terapéuticas, culturales, etc. que realizan los profesionales de la Administración Penitenciaria y que hubieran quedado suspendidos durante la crisis sanitaria.

 

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