El presidente del Gobierno de España, Pedro Sánchez, ha informado la aprobación del estado de alarma declarada ayer en el que el Gobierno de España será la «autoridad competente en todo el territorio» y las medidas «serán drásticas y van a tener consecuencias», advierte el jefe del Ejecutivo
El presidente, que ha realizado la rueda de prensa tras el Consejo extraordinario de Ministros celebrado a las 10:30 de la mañana y séis horas más tarde de lo que había anunciado, ha detallado los ministerios que actuarán como comisiones delegadas bajo la dirección del propio presidente: Ministerio de Defensa, Margarita Robles, Ministerio de Interior. Fernando Grande Marlaska, Ministerio de Sanidad, Salvador Illa, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos.
Tras considerar que es una «emergencia de salud publica, crisis sanitaria, económica y social se ha comprometido a «aplicar los recursos que sean necesarios», ha asegurado que «es una nueva fase del mecanismo constitucional y estan «preparados».
Entre las medidas que se recogen las hay en todos los ámbitos, como la suspensión de plazos administrativos y procesales; las destinadas a garantizar el suministro alimentario; energético; en materia de transportes; para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública; las dirigidas a reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional; de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas; de contención referidas a establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración y otras adicionales.
A ello hay que sumar, las de contención en el ámbito de la actividad comercial, laboral y educativo; y las requisas temporales y prestaciones personales obligatorias. Mientras que, en cuanto la limitación a la libertad de circulación, el Real Decreto establece que: “Durante la vigencia del Estado de Alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajopara efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad opersonas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad”.
Una de las excepciones de la limitación de movimiento de personas que establece el decreto de alarma hace referencia a que las personas podrán «retornar a su lugar de residencia habitual». Este matiz hace referencia sobre todo a los residentes en Madrid que han abandonado la capital en los últimos días.
El control de las restricciones será responsabilidad de los cuerpos y fuerzas de seguridad y de las Fuerzas Armadas en caso de necesidad.
El estado de alarma entrará en vigor mañana tras la publicación en el BOE esta noche.
El estado de alarma por el coronavirus limita la libre circulación de personas en la calle