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El Consejo de Navarra considera válido el contrato de los payasos Pirritx Porrotx

El Consejo de Navarra, órgano consultivo superior de la Comunidad Foral, ha dictaminado en favor de la validez del contrato firmado por el anterior Ayuntamiento de Pamplona con los payasos «Pirritx, Porrotx y Marimotots» para su actuación este viernes, que el nuevo equipo de Gobierno había suspendido por apreciar defectos de forma

El Consejo de Navarra considera que «resulta improcedente la declaración de nulidad» del contrato que firmó la concejala de EH Bildu Maider Beloki antes de dejar su cargo, en el que le relevó María García-Barberena (Navarra Suma), quien pidió al Consejo de Navarra una «revisión de oficio» del contrato al considerar que se había firmado de forma «irregular», sin un expediente que los sustentara.

Con ello, la actuación prevista para el 29 de noviembre quedó en suspenso a la espera del pronunciamiento del Consejo de Navarra, que ahora en su dictamen argumenta que «en este tipo de contratos negociados sin convocatoria de licitación no haría falta completar el expediente de contratación con los trámites a que se refiere el apartado 3 del precepto».

«Sería suficiente con la resolución motivada del órgano de contratación donde se justifique la necesidad o la conveniencia de la prestación objeto del contrato para la satisfacción de los fines públicos, y la adjudicación», añade.

Además, considera el Consejo de Navarra que «existe un único documento conformador del expediente, constituido por el contrato suscrito el 12 de junio de 2019, pero el mismo comporta la adjudicación del contrato y contiene una siquiera sucinta justificación de su necesidad», como es la inclusión de la representación de la obra en la “programación infantil en euskera del Ayuntamiento”.

«Asimismo, aparece reflejada la partida presupuestaria a cuyo cargo se realiza el contrato», valora el órgano administrativo.

En cuanto al tipo de contrato, también entiende que «la mera existencia de la contratación artística es suficiente para considerar que cabe acudir al procedimiento negociado sin publicidad».

También analiza la justificación del contrato, que se encuentra recogida en la primera de las cláusulas del mismo: una representación “dentro de la programación infantil en euskera del Ayuntamiento de Pamplona”, para la que se cuenta con partida presupuestaria.

«Desde luego que no parece una justificación ni extensa, ni pormenorizada, pero la procedencia de la aplicación en casos como el que nos ocupa del procedimiento negociado sin publicidad, y el carácter excepcional de la revisión de oficio», les hace considerar que el caso no ha prescindido del procedimiento establecido.

«Se trata de la contratación de una única actuación artística, ha existido adjudicación a través del contrato suscrito y el pago se efectuará en el momento de presentación de la factura, recogiéndose en el contrato, por otra parte, la correspondiente referencia a la partida presupuestaria y a la inexistencia de causa alguna de prohibición para contratar», señalan.

Por todo ello, y tras considerar que «no procede, en consecuencia, la revisión de oficio del contrato», el Consejo de Navarra considera que «resulta improcedente la declaración de nulidad de pleno derecho del contrato de 12 de junio de 2019 suscrito para la representación de la obra de teatro». EFE

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NA+ denuncia que Bildu “firmó el contrato a “Pirritx eta Porrotx” sin seguir procedimiento legal alguno”

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