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La Policía Foral imputa a dos jóvenes implicados en una «pelea de gallos» en Tudela

La Policía Foral imputa a dos jóvenes implicados en una «pelea de gallos» en Tudela

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Agentes de la Policía Foral, adscritos al Grupo de Investigación de la Brigada de Protección Medioambiental, han imputado un delito de maltrato animal a dos jóvenes implicados presuntamente en organizar peleas de gallos

Los siete animales, tras ser explorados de las lesiones por un veterinario, han sido decomisados y trasladados al centro de recuperación en Ilundain.

La investigación la inició una patrulla de seguridad ciudadana de la capital ribera, que al conocer los indicios de delito trasladó las pesquisas a los especialistas de la Policía Foral. Inicialmente se inspeccionó un corral en el paraje Gardachales, donde se observaron gallos que presentaban mutilaciones en crestas, babillas y orejas, aunque como no se apreciaban vestigios de haber participado en peleas se formuló una denuncia por infracción a la Ley Foral 7/94 al descrestar sin control veterinario. Posteriores indagaciones dieron con otra caseta situada en La Mejana en la que sí se descubrieron gallos con ausencia de plumaje y lesiones en cabeza propias de picotazos. De hecho la Policía Foral identificó a diez personas que habían participado en una pelea de gallos, en la que uno de ellos quedó moribundo por las lesiones que le produjeron sus contrincantes.

pelea gallosPor todo ello fueron imputados los titulares de los gallos, dos vecinos de Tudela de 19 y 20 años, que deberán responder en el Juzgado de Instrucción nº 3 de la capital ribera por un delito de maltrato animal. Una copia del atestado también ha sido remitida a la Fiscalía de Medio Ambiente de Pamplona.

Cabe destacar el sufrimiento que conlleva la mutilación de crestas y babillas en los gallos (“gallus gallus domesticus”), que se realiza porque al sangrar de dichos apéndices -encargados de regular la temperatura corporal- se les dificulta la visión durante las peleas. También se consigue así restar peso para que la cabeza gane en agilidad a la hora de pelear.

Legislación vigente.

El artículo 337.4 del Código Penal establece que “maltratar cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente será castigado con una pena de multa de uno a seis meses”. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

La Ley Foral 7/1994 de Protección Animal, en su artículo 2, prohíbe maltratar a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimientos o daños injustificados, así como practicar mutilaciones, excepto las controladas por veterinarios en caso de necesidad fisiológica o exigencia funcional. Este tipo de infracciones están consideradas como graves y pueden acarrear sanciones de 25.001 a 100.000 euros.

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