El grupo municipal de Erreniega en la Cendea de Cizur ha informado hoy de una sentencia del Tribunal Administrativo de Navarra que anula la plantilla orgánica de 2016 en este ayuntamiento por no establecer los perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo.
«No cabe duda que es preceptivo que el Ayuntamiento de la Cendea de Cizur indique en su plantilla orgánica los puestos de trabajo para los que el conocimiento del vascuence sea preceptivo, pueda ser considerado como mérito o no sea necesaria su exigencia», afirma el TAN en su resolución, por la que anula la plantilla al entender que es contraria a derecho.
En la sentencia, recuerda que la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias es categórica en cuanto a las obligaciones de las administraciones públicas en la salvaguarda de dichas lenguas y a ello añade que los ciudadanos tienen derecho a usar tanto el vascuence como el castellano para dirigirse a las administraciones públicas de Navarra.
Para ello, precisa el tribunal, las administraciones públicas adoptarán, las medidas necesarias para el fomento del empleo oral y escrito de las lenguas regionales o minoritarias en la vida pública o privada
En este caso, recuerda que los ayuntamientos en la Zona Mixta, «deben velar porque aquellos agentes suyos que estén en contacto con el público empleen las lenguas regionales o minoritarias en sus relaciones con las personas que se dirijan a ellos en esas lengua» de acuerdo con lo dispuesto en la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias.
Y añade que «las entidades locales incluirán en la correspondiente plantilla orgánica las características de las plazas y puestos de trabajo, incluidas las relativas a la aplicación de la ley del vascuence y a ellas deberán ajustarse los procedimientos de provisión de dicho personal». EFE


