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La Audiencia da la razón a la LFP en el caso Pedro León

La Audiencia da la razón a la LFP en el caso Pedro León

La Audiencia de Madrid estima el recurso de la LFP. Contra la resolución no cabe la interposición de recurso

Ahora el jugador puede recurrir la sentencia después de haber podido jugar en el Getafe gracias a una cautelar.

La Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional contra el auto dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid con relación a las medidas cautelares adoptadas en el denominado ‘caso Pedro León’.

La Sala acuerda desestimar íntegramente la solicitud de medidas cautelares solicitada por la representación legal del jugador de fútbol.

Contra la resolución no cabe la interposición de recurso.

Por esta razón la LFP ha emitido un comunicado oficial en el que explica que ha ganado el juicio por la cautelar que pidió Pedro León en noviembre, las cuales desestima. Con esa cautelar, el futbolista pudo jugar la temporada pasada y ahora, para ésta, habrá que ver si le siguen dejando que siga en el Getafe o tiene que esperar a que el caso se resuelva finalmente, si decide recurrir.

Este es el comunicado que ha emitido la LFP:

 En la mañana del día de hoy, LaLiga ha recibido el Auto de la Audiencia Provincia de Madrid, de fecha 10 de julio del 2015, que estima el recurso interpuesto por esta Asociación deportiva contra el Auto del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, de fecha 17 de noviembre de 2014, que estimaba la solicitud de medidas cautelares interesada por D. Pedro León Sánchez Gil y obligaba a expedir el visado previo de la licencia del citado futbolista.

En consecuencia, el Auto de la Audiencia Provincial revoca la medida cautelar concedida en su momento al futbolista y, de conformidad con los argumentos esgrimidos por LaLiga, no aprecia la necesaria apariencia de buen derecho respecto de la existencia de abuso de posición de dominio, al gozar la conducta reprochada de una justificación objetiva y razonable. De esta manera, la Audiencia Provincial de Madrid confirma la validez de la normativa de control económico de LaLiga , considerando que los límites del coste de plantilla inscribible en LaLiga son
inherentes al “ necesario saneamiento de las finanzas de los clubes de fútbol profesional ” y “ proporcionales a la consecución de dicho objetivo».

La Audiencia Provincial entiende que, indiciariamente, “ las normas de equilibrio presupuestario que limitan el coste de plantilla deportiva inscribible responden a un objetivo legítimo cual es luchar contra el excesivo endeudamiento de los clubes y sociedades anónimas deportivas en una situación de crisis económica y, en definitiva, tienden a fomentar la sostenibilidad del futbol profesional ”.

Adicionalmente, el Auto de la Audiencia Provincial considera el hecho de que la LaLiga deniegue el visado de la licencia solicitada como proporcional e inherente al objetivo perseguido, dado que los Clubes/SAD adecuarán, de esta forma, sus presupuestos a los límites fijados . Todo ello sin perjuicio de que el jugador puede ejercitar en todo momento las correspondientes acciones ante la jurisdicción social
si considera que su empleador infringe sus derechos laborales; cuestión que, sorprendentemente, no llevó a cabo D. Pedro León Sánchez Gil.

“De esta manera, la Audiencia Provincial de Madrid confirma la validez de la normativa de control económico de La Liga, considerando que los límites del coste de plantilla inscribible en La Liga son inherentes al “necesario saneamiento de las finanzas de los clubes de fútbol profesional” y “proporcionales a la consecución de dicho objetivo”, reza el comunicado.»

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