Todos los trabajadores del gobierno de Navarra pueden disfrutar de hasta tres días de asuntos propios por año como permiso retribuido, sin que exista necesidad de ninguna justificación, según se establece en el DF 5/2013 de 23 de enero. Los docentes no suelen pedir estos días de permiso, cuya concesión, en cualquier caso viene supeditada a las necesidades del servicio y son los directores y directoras de los centros educativos los que deciden sobre su concesión.
Hasta ahora, esto no ha sido problema para la organización de los centros, pero últimamente se están dando casos de denegación de este derecho. Hay que recordar que la ley no exige que se motive la petición del permiso, pero tampoco se exige que la dirección del centro motive la denegación, más allá de las necesidades del servicio. La mayor parte de las veces, este permiso se utiliza para el acompañamiento de un familiar de primer grado al médico, u otras cuestiones personales o familiares de necesaria atención, ya que función pública no contempla, en contra de la opinión de CCOO, la posibilidad de incluir estos casos en los permisos por deber inexcusable, de concesión inmediata.
En concreto la sentencia que CCOO ha ganado establece que al no haber contestación expresa en contrario, el permiso se considera concedido a los tres días de haberlo solicitado por escrito. Además dice, y esto es importante, que la Adnimistración no puede hacer directamente descuento de haberes en la nómina sin existir sanción expresa como resultado de un expediente sancionador, y que en ningún caso se podrá imponer una sanción sin que se haya tramitado el necesario procedimiento. La sentencia deja claro que se ha sancionado de plano, sin haber garantizado los derechos legales y constitucionales de la recurrente . La sentencia es firme y se condena a costas a la propia Administración.