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La Plataforma URA denuncia «caciquismo» en el trazado de la ampliación del Canal de Navarra

La Plataforma URA denuncia «caciquismo» en el trazado de la ampliación del Canal de Navarra
Plano, plataforma URA
Plano, plataforma URA

La plataforma URA Nueva Cultura del Agua ha presentado esta semana varias alegaciones al Estudio de Afecciones Ambientales de la concentración parcelaria del sector XXIII (regadíos tradicionales de Larraga y Berbinzana) prevista en la ampliación del Canal de Navarra.

Los técnicos de URA basan sus alegaciones en seis grandes aspectos:

  1. Se ha modificado el trazado, incrementando el coste económico y el impacto ambiental.
  2. No existe una concesión de aguas correctamente tramitada
  3. Se incumple la normativa sobre Zonas Inundables y Habitat Fluvial
  4. No se tiene en cuenta el impacto del regadío sobre las aguas subterráneas.
  5. Supone importantes alteraciones sobre el hábitat del visón europeo
  6. Tampoco cuenta con un estudio previo sobre la existencia de galápago europeo en el área.

URA Nueva Cultura del Agua considera que todas ellas componen un conjunto de irregularidades graves, que modifican el proyecto y que deberían conllevar su paralización. Según la plataforma se trata «de modificaciones oscuras realizadas en beneficio de algunos propietarios y que recuerdan a otros tiempos en los que imperaba el caciquismo».

Plano de la plataforma URA
Plano de la plataforma URA

La primera alegación denuncia una modificación en el proyecto que «incrementa el coste económico y el impacto ambiental, y que anteriormente fue denegada en la Declaración de Impacto Ambiental». A juicio de los alegantes, esta modificación responde a «intereses particulares y es contraria al interés general».

El Estudio de Afecciones Ambientales del Sector XXIII incluye una adenda que modifica el trazado en estos sectores sustituyendo una conducción en línea recta por un nuevo trazado curvo que incluye desniveles de 35m, dos cruces bajo el Arga y un cruce bajo el Canal de Miranda . Según consta en la documentación oficial, esta modificación fue solicitada hace meses por José Santiago de Esteban (ex presidente de la Comunidad de Regantes del Canal de Navarra) para evitar que la conducción pasara por sus tierras.

Asegura la plataforma URA que «este cambio de trazado fue rotundamente denegado en la Declaración de Impacto Ambiental (Resolución 330E/2013, de 19 de agosto) que decía textualmente; “El trazado alternativo … resulta técnicamente inviable..” … “ El coste global de la alternativa propuesta es muy superior a la del trazado previsto en el PROSIS expuesto y también son de mayor entidad las afecciones de tipo medioambiental (cruces de río y vegetación de laderas entre las terrazas”

Hoy intentan justificar el cambio de trazado argumentando que “se ha visto la conveniencia de llevar las conducciones, siempre que sea posible, por el interior de la propia zona de riego objeto de la ampliación y así evitar afecciones a terrenos ajenos a la misma” Este argumento no se sostiene en una obra declarada de interés general que, en este caso, se somete a los intereses particulares. Buena parte de las conducciones generales del proyecto de ampliación no pasan por el interior de la zona de riego respondiendo lógicamente a criterios de diseño técnico y no de propiedad de la tierra.

La tramitación del proyecto se está llevando adelante en precario, ya que no cumple la premisa de la existencia previa de una concesión de aguas. La tramitación de este Sector debería de paralizarse en tanto no se cuente con una concesión de aguas debidamente inscrita para el Sector.

No se han estudiado los riesgos en las Zonas Inundables y se incumplen, por lo tanto, los criterios establecidos por el Servicio del Agua y el POT. Tampoco se cumple la condición de recuperación de hábitats fluviales establecida en la Declaración de Impacto Ambiental. El Estudio no ha considerado debidamente el impacto en el estado de las masas de agua superficiales y subterráneas, debido al incremento de aportaciones de nitratos por la intensificación de los cultivos

El Estudio permite importantes alteraciones y afecciones sobre el hábitat del visón europeo. No considera necesario conservar la acequia de Larraga, a pesar de haberse confirmado la presencia de Visón Europeo en varios puntos de la misma. El Estudio facilita un cruce bajo el Canal de Miranda que va a perturbar una importante área de visón. Todo ello en contradicción con lo establecido en la DIA con respecto a la protección del Visón Europeo.

No se ha realizado el muestreo previo necesario para establecer medidas concretas para la protección del galápago europeo.

 

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