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El TSJC admite la querella contra Mas por desobediencia en el 9N

El TSJC admite la querella contra Mas por desobediencia en el 9N

Catalonian Parliament Votes To Approve A Law Allowing An Independence Referendum

El alto tribunal catalán ve indicios de desobediencia en Artur Mas, Joana Ortega y la consellera Irene Rigau. No se les investigará por prevaricación

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido finalmente admitir a trámite la querella en la que se acusa de desobediencia al presidente catalán, Artur Mas, al organizar la consulta soberanista alternativa del 9N, suspendida por el Constitucional.

El Govern acató la sentencia del alto tribunal sobre la convocatoria del referéndum, pero días después anunció un proceso «simbólico» para que los catalanes expresaran su opinión acerca de la independencia. El órgano también suspendió la puesta de urnas en instituciones públicas de la Generalitat pero Artur Mas y su Ejecutivo se negaron a acatarla.

El TSJC , en varios autos notificados este jueves, razona su decisión, acordada el pasado 22 de diciembre, de admitir a trámite las querellas y denuncias por el 9N e investigar no sólo a Mas, sino también a las conselleras Joana Ortega e Irene Rigau por presunta desobediencia al Constitucional.

En el auto en el que se admite a trámite la querella de la Fiscalía, el TSJC sostiene que existen indicios de que la suspensión «concreta y determinada» de la consulta alternativa ordenada por el Constitucional el 4 de noviembre «no fue presuntamente acatada por los querellados», en alusión al Gobierno catalán.

Pese a dicha suspensión, el Ejecutivo catalán continuó con la preparación de la consulta «por la vía de hecho» hasta llevar a cabo las votaciones en edificios públicos, de lo que se responsabilizó públicamente el propio Mas.

Días después, era el propio Parlament quien votaba autoinculparse y responsabilizarse de las actuaciones judiciales derivadas de la consulta. Los grupos parlamentarios que no apoyaron el proceso participativo emititeron sendas quejas: PP, PSC Y Ciutadans.

Si se diese tal hecho incurrirían «en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años». Además, se cae la tesis que apoyaba investigar si se habían cometido delitos de prevaricación al destinar recursos públicos a acciones ilegales.

El Tribunal Constitucional suspendió dicha consulta alternativa al admitir a trámite un recurso presentado por el Gobierno español.

Pese a todo eso, el 9 de noviembre unos 2,3 millones de catalanes participaron en una votación popular sin valor vinculante, auspiciada por varias formaciones nacionalistas.

El Gobierno español considera anticonstitucional la convocatoria de una consulta soberanista en Cataluña, razón por la que recurrió la iniciativa ante el Tribunal Constitucional.

El pasado 22 de diciembre, el TSJC decidió admitir a trámite todas las querellas por la consulta del 9 de noviembre interpuestas tras la resolución del Tribunal Constitucional, entre ellas la de la Fiscalía.

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