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El Supremo deriva el caso Rato a un juzgado de Madrid y aparta a la AN

El Tribunal Supremo (TS) fundamenta su decisión de mantener en el juzgado número 31 de Madrid la instrucción sobre el origen del patrimonio de Rodrigo Rato, en que los delitos investigados no fueron cometidos en el extranjero aunque exista un «flujo de capitales» entre distintas sociedades.

En un auto difundido hoy, la sala de lo penal del TS explica que «el delito de blanqueo de capitales objeto de investigación en estas actuaciones no ha sido cometido en el extranjero o al menos no lo ha sido exclusivamente», por lo que la competencia para su instrucción no corresponde a la Audiencia Nacional (AN).

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