El Tribunal Supremo ha establecido que los bancos reintegren los intereses abonados en concepto de cláusulas que han sido declaradas abusivas por los tribunales desde la firma del contrato y no desde el momento de la reclamación, de acuerdo con la doctrina comunitaria.
En una sentencia conocida hoy, el pleno de la sala de lo Civil estima el recurso interpuesto por un consumidor y entiende que si la entidad tiene que hacerse cargo de los gastos de gestoría y tasación, también ha de afrontar los intereses vinculados a éstos.