El fiscal Zaragoza ordena a los Mossos que actúen ante los delitos de sedición
La misma orden se ha dado a la Policía Nacional y a la Guardia Civil
En una instrucción, el fiscal Javier Zaragoza afirma que la Audiencia Nacional sería competente para actuar contra las personas no aforadas.
En un escrito fechado el 5 de noviembre, el fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, señala que la ejecución del «mandato ilegal» aprobado por el Parlamento catalán podría constituir los delitos de sedición, prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones, uso indebido de fondos públicos o delitos contra la Corona y contra la forma de Gobierno como el de rebelión.
La orden, remitida a los mandos de los Mossos d’Esquadra, la Policía Nacional y la Guardia Civil, entre otros, recuerda que la Audiencia Nacional no es competente para perseguir a aforados (diputados del Parlamento, presidente y miembros del Gobierno catalán) pero sí para investigar la actuación de «autoridades, funcionarios o particulares» que participen en estas acciones.
La Audiencia podría actuar cuando se ejecuten «actos constitutivos de rebelión y sedición cuando la finalidad o el propósito de los mismos sea cambiar ilegalmente la organización territorial del Estado y declarar la independencia de una parte del territorio nacional, en el caso en cuestión de la Comunidad Autónoma de Cataluña».
Según Zaragoza, los actos que persigan ese fin violan la Constitución porque «se ejecutan con el propósito de cambiar ilegalmente la organización del Estado» y las fuerzas de seguridad deberán actuar desde el momento en que el Tribunal Constitucional invalide la resolución independentista aprobada este lunes en el Parlamento catalán, ya que solo entonces quedaría certificada su ilegalidad.
Este delito de sedición -penado con entre 10 y 15 años de prisión- podría conllevar también, avisa el fiscal jefe, los de prevaricación, desobediencia, usurpación de atribuciones y el uso indebido de fondos públicos, que serían competencia de la Audiencia Nacional como delitos conexos.
Además, Zaragoza recuerda que en el caso del delito de sedición se sanciona asimismo «la conspiración, la proposición y la provocación» para cometerlo, y añade que no es necesario que se emplee «fuerza o violencia» para incurrir en él, sino solo el hecho de «impedir la aplicación de las leyes y el normal funcionamiento de las instituciones».
El fiscal jefe menciona en el escrito, de once páginas, otros delitos contra las instituciones del Estado -competencia de la Audiencia Nacional- que «presumiblemente pueden ser cometidos en el curso de este ilegal proceso independentista», como invadir con fuerza la Asamblea Legislativa, alterar su funcionamiento e impedir a sus miembros acudir a sus sesiones. Similares casos ocurrirían sise injuria, se amenaza o se invade de forma violencia instituciones como el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, el Tribunal Constitucional, el Supremo o el CGPJ, o a las propias fuerzas de seguridad del Estado.
Así, el fiscal jefe ordena a las distintas fuerzas de seguridad del Estado y a los Mossos que si conocen de algún hecho delictivo elaboren un informe o atestado con los datos de «ejecución, autoría, participación, circunstancias concurrentes» y lo remitan a los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional. Además, les manda practicar «las diligencias necesarias para acreditar los hechos delictivos y determinar las responsabilidades penales exigibles».
Concretamente, se dirige al secretario de Estado de Seguridad, a la delegada del Gobierno en Cataluña, al comisario general de Información de la Policía Nacional, al jefe superior de la Policía de Cataluña, al general jefe del Servicio de Información de la Guardia Civil, al general jefe de la Séptima Zona de la Guardia Civil, el director general de la Policía de la Generalidad y al comisario general de los Mossos.
Seguro que los policías autonómicos le hacen caso. Menos ingenuidad señor fiscal.
Forcadell…Tic-Tac Tic-Tac