El juzgado de lo contencioso-administrativo nº2 de Pamplona ha emitido una sentencia por la que se condena al Departamento de Función Pública a pagar 3.000€ a un funcionario por daños morales. Un hecho que no se había producido en la Administración Foral.
Éste, afiliado de AFAPNA, había interpuesto la demanda ya que tras coger una excedencia voluntaria el Departamento no le devolvió la plaza. Una plaza en la que había vacantes y a la que se podía haber reincorporado de inmediato. Por ello el recurrente estuvo durante 7 meses en el paro.
En el recurso presentado por AFAPNA en nombre de su afiliado se pedía el reconocimiento de ese período a efectos de antigüedad, daños morales, intereses y cotización a la Seguridad Social.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo no solo ha reconocido que ese tiempo debe contarse como computado a todos los efectos (salvo la cotización a Seguridad Social pues percibió una prestación por desempleo) sino que además ha condenado al Gobierno Foral a pagar los daños morales, un hecho del que según tenemos constancia, se da por primera vez en la Administración Foral.
El argumento usado por la magistrada es que “el abono de los salarios no percibidos y el reconocimiento del período de inactividad a efectos de antigüedad no indemniza todo el perjuicio sufrido por el actor”. A esto se le añade que “el demandante fue tratado como si no tuviera condición funcionarial y ello a pesar de ser posible su reincorporación inmediata”.
AFAPNA avisa a todos aquellos que se encuentren en una excedencia voluntaria o a los que el Gobierno no haya incluido en unas vacantes pese a su obligación, a pedir justicia. A su vez esperamos que Función Pública y el resto de Departamentos tengan esta sentencia en cuenta para futuras acciones.


