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Cuando el artículo 155 era el 144

Cuando el artículo 155 era el 144

Madrid, 6 ene (EFE).- Pasados dos meses largos de la aprobación del artículo 155, que supuso la intervención de la Generalitat catalana por parte del Gobierno, acaban de cumplirse cuarenta años de su primera redacción, aquella que se incluía en el anteproyecto de Constitución Española en el que figuraba como artículo 144.
Esta primera versión del polémico artículo constitucional, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes tal día como ayer, era bastante similar a la actual pero no contó con el consenso de todos los grupos políticos, ya que algunos de los redactores del texto, los «padres» de la Constitución, presentaron votos particulares para cambiar su contenido.
De aquel artículo 144 del Título VIII del anteproyecto de ley se cambiaron, aparte del número, la denominación de territorio autónomo por comunidad autónoma, además de añadir el «requerimiento previo» al presidente autonómico antes de que el Gobierno pudiese aplicar las medidas necesarias para obligar al cumplimiento «forzoso» de las obligaciones legales.
En cuanto al supuesto inicial que desata la aplicación de las medidas, junto al hecho de haber incumplido las obligaciones de la Constitución u otra ley que ya incluía el 144, durante el debate parlamentario se incorporó la posibilidad de que la autonomía fuera reconvenida por tener una actuación que «atente gravemente al interés general de España».
La redacción actual del 155 especifica también que la aprobación será «por mayoría absoluta» del Senado, mientras que su precedente se limitaba a señalar «con la aprobación» de la Cámara Alta.
Precisamente este requisito de contar con el apoyo del Senado fue una de las cuestiones en las que no estuvo de acuerdo el por aquel entonces diputado de Alianza Popular y ponente constitucional Manuel Fraga, quien luego pasaría los últimos años de su vida política en un escaño de esta Cámara.
Como uno de los siete «padres» de la Constitución, Fraga formuló un voto particular para que no fuese necesaria la autorización del Senado «si acaso, del Congreso», según figuraba en su texto.
Pero su discrepancia era con la totalidad del Título VIII, para el que planteó una redacción alternativa que incluía un artículo en el que se preveía que «en casos graves» el Gobierno podría directamente «acordar la intervención» de una «región autónoma» siempre dando «cuenta inmediata» a las Cortes.
La intervención que proponía Fraga podía incluir entre sus medidas la suspensión de uno o más órganos de la región y la designación de un gobernador general con poderes extraordinarios.
Además, el decreto para intervenir, que daría lugar a un debate en el Congreso, especificaría el plazo de intervención «conectándolo con una convocatoria electoral».
Este no fue el único voto particular planteado al artículo 144, al que también presentaron alternativas el Partido Comunista y la minoría catalana, representada por Miquel Roca.
Por parte del PCE, Jordi Solé Tura propuso que el incumplimiento por parte de la comunidad se refiriese solo a la Constitución o a una ley orgánica, no incluyendo las leyes ordinarias, y que la aprobación de las medidas del citado artículo requiriese del apoyo de los dos tercios del Senado.
Roca redujo esta condición para limitarla a que fuese la mayoría absoluta del Senado la requerida para poder poner en marcha la intervención de una comunidad.
Finalmente la redacción de consenso que resultó aprobada incorpora esta aportación de Roca, la de la aprobación por mayoría absoluta en el Senado.
El artículo 155 se completa con un segundo apartado que ya contemplaba el 144, en el que se especifica que para la ejecución de las medidas previstas el Gobierno «podrá dar instrucciones a todas las autoridades» de las comunidades autónomas.
Nadie podía saber entonces que, 39 años después, este polémico artículo sería aplicado por primera vez para suspender la autonomía catalana, tras el desafío secesionista que supuso la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre y la declaración unilateral de independencia por parte del Parlament.
Mónica Sequeiro

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