El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha fallado que corresponde a la comunidades autónomas otorgar la acreditación a los enfermeros para prescribir medicamentos y productos sanitarios, y no al Ministerio de Sanidad.
En su sentencia el tribunal ha declarado «inconstitucional y nula» la facultad del Ministerio de Sanidad de conceder a los enfermeros la capacidad de prescribir medicamentos.
«Es inconstitucional y nula» la referencia que el artículo 79.1 párrafo quinto del Texto Refundido de la Ley de Garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios hace respecto a que será el Ministerio de Sanidad el órgano competente para «acreditar» en todo el Estado a los enfermeros y fisioterapeutas sus actuaciones referidas a la receta médica, pública o privada y a la orden de dispensación hospitalaria, ha señalado el TC. EFE