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El Parlamento Foral insta al Gobierno de España a derogar las tasas judiciales

El Parlamento Foral insta al Gobierno de España a derogar las tasas judiciales

La Comisión de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia ha aprobado hoy, con los votos a favor de UPN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu y PSN y el voto en contra de PPN, una resolución, presentada por PSN, por la que se insta al Gobierno de España a que “derogar los preceptos de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, relativos a la imposición de tasas en el ámbito judicial”.

Así, con esta aprobación parlamentaria, se insta al Gobierno de España a derogar las tasas judiciales y se reclama la transferencia a Navarra del importe de las tasas ingresadas en su territorio en 2013 y 2014, con el fin de cubrir gastos de asistencia jurídica gratuita. Del mismo modo,  se exhorta al Gobierno de España a “destinar a la partida de Justicia en los Presupuestos Generales del Estado el importe que la media europea destina a ella”. Este epígrafe ha prosperado con la abstención de EH Bildu y el voto en contra de PPN.

LA sesión ha estado presidida por Unai Hualde (G.P. Geroa Bai), y los siguientes parlamentarios: Cristina Altuna, Óscar Arizcuren, Sánchez de Muniáin, Sergio Sayas (G.P. UPN), Patxi Leuza, Jokin Castiella (G.P. Geroa Bai), Adolfo Araiz, Arantza Izurdiaga (G.P. EH Bildu), Eduardo Santos, Laura Pérez (G.P. Podemos-Ahal Dugu), Inma Jurío (G.P. PSN) y Ana Beltrán (G.P. PPN).
En la exposición de motivos, la resolución impulsada por la parlamentaria Inma Jurío del G.P. PSN, entiende que la reinstauración de tasas que, tras 26 años, consumó la Ley 10/2012 constituye un gravamen “desproporcionado y disuasorio”, pues “no se tiene en cuenta la capacidad económica del sujeto y, en el caso de las entidades sin fines lucrativos acogidas al régimen fiscal especial, “resulta imposible de pagar”.

El proponente entiende que, dado el efecto disuasorio derivado de las elevadas tasas, se podría estar “vulnerando o, cuando menos, entorpeciendo el ejercicio del artículo 24.1 de la Constitución, en lo tocante al acceso de todas las personas a la tutela judicial efectiva”.

Al hilo de lo apuntado, se insiste en que la Ley 10/2012 fija una tasa a los usuarios del sistema judicial para contribuir al sostenimiento de los costes de la actividad judicial y la justicia gratuita, “sin que se haya tenido en cuenta para su cuantificación criterios de proporcionalidad ni la capacidad económica del justiciable, tal como prescribe la Constitución Española”.

Por otra parte, se advierte que esta Ley “no ha solucionado el problema de los retrasos en la Justicia navarra, ya que se están señalando juicios en los Juzgados de lo Social y Mercantil para más de cuatro años vista, y ha privado del acceso a la Justicia a quien no ha podido pagar las tasas judiciales impuestas”.

Por ello, concluye el proponente, “quien puede pagar la tasa recurrirá dilatoriamente sin tener en cuenta la solidez de su pretensión y, por el contrario, si el interesado sufre la incapacidad económica para soportar la tasa y además el futuro incierto del fallo, es posible que no recurra”.

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