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El Congreso aprueba la ley de eutanasia con los votos en contra de PP, Vox y UPN

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El Congreso de los Diputados aprueba la ley de eutanasia en España con los votos en contra de PP, Vox y UPN

El derecho a solicitar y recibir ayuda para poner fin a la vida en los casos incurables y de sufrimiento físico y psíquico extremo será una realidad en un plazo máximo de tres meses.

El último pleno del año en el Congreso de los Diputados ha sacado adelante un proyecto la ley de eutanasia con el voto en contra de PP, Vox y UPN, que despenaliza la ayuda para morir a un enfermo incurable con sufrimiento intolerable y que lo haya pedido y ratificado ante una comisión médica.

Esta Proposición de Ley Orgánica, impulsada por el PSOE, introduce en el ordenamiento jurídico la eutanasia como un nuevo derecho individual, entendida como “la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios”.

Antes de la votación, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha decidido dirigirse al Congreso, para agradecer la aprobación de esta norma que, según señala, es un avance hacia «una sociedad más humana y más justa». Para Illa, esta medida demuestra que España es «una democracia moderna» y «lo suficientemente madura» como para afrontar esta cuestión.

Con 198 votos a favor (PSOE, Podemos, BNG, ERC, Junts per Catalunya, Más País, Bildu, PNV, CUP, Ciudadanos), 138 en contra (PP, Vox, UPN) y dos abstenciones de Teruel Existe y un diputado de Esquerra, la nueva norma ha conseguido sortear la primera etapa de su tramitación parlamentaria. Solo PP, UPN y Vox han liderado una oposición clara a esta ley que convertirá a España en el sexto país del mundo y el cuarto en Europa en legalizar la eutanasia.

El PSOE, por boca de María Luisa Carcedo, ex ministra de Sanidad e impulsora decisiva de la norma, ha defendido la ley porque «piensa en la condición humana, que es vida, pero también padecimiento y muerte».»La eutanasia», ha defendido, «es un instrumento del que disponemos para ponerlo al servicio de un proyecto humanizador. Es un derecho que nos hace libres».

El diputado del Partido Popular, José Ignacio Echániz, recordó al Gobierno de Sánchez e Iglesias que sin un acceso universal a los cuidados paliativos «no hay posibilidad de elección, ni libertad porque lo único que se ofrece a los pacientes es la eutanasia». «El nivel de civilización y madurez de un país se mide por cómo trata a los más vulnerables. Responder con la eutanasia a la deuda que nuestra sociedad ha contraído con sus personas mayores y sanitarios no parece el mejor camino de la responsabilidad, la solidaridad intergeneracional, ni la mínima solidaridad social y política», aseveró.

Echániz  ha mantenido que el texto es «inconstitucional, inoportuno, frívolo, chapucero e injusto» y actúa «contra los más vulnerables y desvalidos». El PP defiende que hay una «alternativa» a la eutanasia y que pasa por una ley de derechos y garantías ante el proceso final de la vida que incluya la sedación, la universalización de los tratamientos paliativos y el testamento mínimo vital para asegurar que no haya muerte con sufrimiento. Esta ley es, en opinión del PP, «una derrota para todos».

La misma posición ha sido mantenida por UPN quien ha llamado la atención sobre la diferencia de coste que existe entre los cuidados paliativos y la eutanasia. Esta última práctica, ha recalcado UPN, «es gratis». «Ustedes prefieren empujar al que quiere tirarse al vacío antes que proporcionarle la ayuda necesaria para evitarlo», ha afirmado su portavoz Carlos García Adanero, suscitando las protestas airadas de media Cámara.

La diputada por Vox, Lourdes Méndez comparó la ayuda médica a morir con la «eugenesia», y acusó al Gobierno y a los partidos que votaron a favor de «firmar sentencias de muerte para los más débiles».

La norma debe ahora únicamente superar el trámite del Senado, que no planteará dificultades, y entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, aproximadamente en el mes de abril.

El Comité de Bioética rechaza la eutanasia como derecho y prestación sanitaria

Los 12 miembros del Comité de Bioética de España CBE) están en contra de que la eutanasia se convierta en un derecho y en una prestación sanitaria. Su informe concluye que legalizar la eutanasia supondría un camino devastador para la protección de la vida humana y que la aprobación de la ley traería nuevos problemas. Como alternativas proponen protocolarizar la sedación en los últimos momentos y universalizar los cuidados paliativos.

Ni los informes previos del aborto ni de la gestación subrogada habían conseguido aprobarse con la unanimidad de todos sus miembros.

El Gobierno no había solicitado su opinión. Pero el Comité de Bioética en el ejercicio de sus funciones -emitir informes en asuntos con implicaciones bioéticas relevantes- ha considerado advertir al Ejecutivo de que la ley propuesta no es válida desde un punto de vista ético.

Sólo casos graves, crónicos e incurables

La Ley aprobada despenaliza la ayuda médica para morir y concreta quién, cuándo y cómo podrá prestarse. Las personas mayores de edad que padezcan una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico que cause «un sufrimiento físico o psíquico intolerable» sin posibilidad de curación o mejoría podrán solicitar ayuda médica para morir, prestación que se incluirá en el Sistema Nacional de Salud.

Deberá confirmar su voluntad de morir al menos en cuatro ocasiones a lo largo del proceso. En cualquier momento podrá echarse atrás o aplazar la eutanasia. La ley de eutanasia contempla además el derecho de los médicos a lo objeción de conciencia y establece la creación de una Comisión de Garantía y Evaluación en cada comunidad y ciudad autónoma, formada por médicos y juristas para controlar cada caso.

Los requisitos previstos en la Ley

Con esta iniciativa, se reconoce el derecho de toda persona que cumpla los requisitos previstos en esta Ley a solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir. “La decisión de solicitar la prestación de ayuda para morir ha de ser una decisión autónoma, entendiéndose por tal aquella que está fundamentada en el conocimiento sobre su proceso médico, después de haber sido informada adecuadamente por el equipo sanitario responsable. En la historia clínica deberá quedar constancia de que la información ha sido recibida y comprendida por el paciente”, determina el texto de la iniciativa.

Con respecto a los requisitos para acceder a la prestación de ayuda a morir, también se introdujeron algunas modificaciones, de tal manera que será necesario, entre otras, que la persona tenga nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a 12 meses, tener mayoría de edad, ser capaz y consciente en el momento de la solicitud.

También será requisito disponer por escrito de la información que exista sobre su proceso médico, las diferentes alternativas y posibilidades de actuación, incluido en su caso el acceso a los Cuidados Paliativos integrales comprendidos en la cartera de servicios comunes y a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia.

Así como, haber formulado dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, o por otro medio, que permita dejar constancia, y que no sea el resultado de ninguna presión externa, dejando una separación de, al menos, 15 días naturales entre ambas, que puede reducirse si el médico responsable considera que la pérdida de la capacidad de la persona para otorgar el consentimiento informado es inminente.

Comisión de Garantía y Evaluación

Por último, sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos en la Ley y certificada por el médico responsable; así como prestar consentimiento informado previamente a recibir la prestación de ayuda para morir.

Por otro lado, se introdujo una nueva disposición relativa a la formación, por la que las Administraciones sanitarias competentes habilitarán los mecanismos oportunos para dar la máxima difusión a la presente Ley entre los profesionales sanitarios y la ciudadanía en general, así como para promover entre la misma la realización del documento de instrucciones previas.

La nueva regulación, que se enviará ahora al Senado, establece que existirá una Comisión de Garantía y Evaluación en cada una de las comunidades autónomas, así como en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. La composición de cada una de ellas tendrá carácter multidisciplinar y deberá contar con un número mínimo de siete miembros entre los que se incluirán personal médico y juristas.

Cada Comisión de Garantía y Evaluación deberá crearse y constituirse antes del término del plazo de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, deberá disponer de un reglamento de orden interno, que será elaborado por la citada Comisión y autorizado por el órgano competente de la Administración autonómica.

Valoración de la FADSP

Para la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Publica (FADSP), dicha aprobación de esta norma supone “un alivio para todas aquellas personas que no quieren verse sometidas a un sufrimiento innecesario cuando no tienen otra alternativa razonable a su enfermedad grave e incurable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante”.

Por otro lado, esta organización subraya que se trata de “un reconocimiento del derecho a decidir que asiste a cada persona en relación con el hecho de cuándo, cómo y dónde morir si nos encontramos ante procesos, como los ya referidos, causantes de sufrimiento y pérdida de calidad de vida”. Y por otro lado, añade que “la Ley no obliga a nadie y concede al profesional sanitario la posibilidad de ejercer su derecho a la objeción de conciencia”.

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1 Comentario

  1. Ludovico

    Habrá casos de enfermos o ancianos sin familiares. Y cuando el enfermo no pueda decidir..:En esos casos, ¿la decisión final la tendrá el Estado?. Los cuidados paliativos ya existen en este país. Y el derecho a una muerte digna. Que no falseen la realidad.

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