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El Comité de Ética en la Atención Social del Gobierno de Navarra sustituye a 3 miembros

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El Comité de Ética en la Atención Social del Gobierno de Navarra ha sustituido a 3 de sus miembros

El Comité de Ética en la Atención Social de Navarra (CEASNA), órgano consultivo del Gobierno de Navarra ha renovado 3 de sus 7 componentes.

Este Comité renovado quiere subrayar su función de garantizar el respeto de la personalidad, dignidad, intimidad y no discriminación de los usuarios de los servicios sociales, también en la práctica asistencial ordinaria.

Es un órgano que presta asesoramiento ético a otras partes implicadas en el sistema, como profesionales, familias, representantes legales o instituciones y entidades. Aunque goza de autonomía depende orgánicamente del Departamento de Derechos Sociales, que se ha comprometido a dar soporte a facilitando un un espacio de reunión y creando una sección propia en la web del Departamento, además de colaborar en la organización de jornadas en torno a la ética en los servicios sociales.

En cuanto a la renovación de sus integrantes, se ha decidido la incorporación de Olga Cuairán Yeregui, técnica del ámbito de los servicios sociales, Paz Francés Lecumberri, profesora de la UPNA, y Cristina Gárriz Murillo, jefa del Área de Enfermería de Salud Mental. Tres miembros que sustituyen a Maite Pérez Echarri, Estíbaliz Zubieta Satrústegui y Beatriz de Pablo Murillo tras cumplir 9 años desde la constitución de este órgano en 2011.

Así mismo, se renueva el nombramiento de Myriam Gómez García, por  otros 3 años, y continúan los de María de Araoz Ezpeleta, Marian Garjón Parra y Eider Jaime Aríztegui, que aún no han agotado la designación inicial.

Maeztu ha indicado que “se completa con las nuevas incorporaciones tres perfiles que no estaban representados hasta este momento, lo que sin duda ampliará la visión de este órgano sobre los asuntos que se sometan a su consideración”. Ha señalado, así mismo, que en el Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra 2019-2023 este Comité está llamado a desempeñar un papel importante, así como en la aplicación de la Ley Foral de Servicios Sociales, y los cambios que el departamento quiere introducir en temas tan sensibles como la norma de sujeciones físicas o farmacológicas o el nuevo modelo de atención centrado en la persona.

Además, la consejera ha avanzado dos cuestiones sobre las que el Departamento solicitará el dictamen del Comité: las implicaciones éticas derivadas de las limitaciones para las salidas y visitas de personas mayores en residencias y sobre la nueva normativa sobre infancia, adolescencia y familia, que sustituirá a la vigente de 2005.

Un Comité multidisciplinar

La elección de las personas se ha hecho de acuerdo con los colegios profesionales de su campo de intervención y a propuesta de los mismos. En concreto, han tomado parte en la propuesta los colegios de Terapeutas Ocupacionales, de Educadores y Educadoras Sociales, de Enfermería y Médicos de Navarra. También se ha contado con la colaboración de la  Universidad Pública de Navarra y la Universidad de Navarra

Con la incorporación de estos perfiles, las personas que componen el nuevo Comité cumplen los requisitos de formación y experiencia mínimos exigidos por la normativa. Al mismo tiempo se ha diversificado el perfil, entrando representantes de atención a personas en el sector público.

El Comité de Ética en la Atención Social de Navarra es un órgano consultivo, interdisciplinar e independiente que vela por los derechos de las personas usuarias de los servicios y tiene entre sus funciones identificar, analizar y evaluar los aspectos éticos de la práctica social.

Además, presta asesoramiento en materia de ética a todas las personas implicadas en el sistema de servicios sociales: profesionales, usuarios, familias o representantes legales, instituciones, entidades y otros agentes sociales.

Existen también comités de ética de carácter sectorial o de centro, que tienen funciones análogas en sus respectivos ámbitos.

Se reúne como mínimo cuatro veces al año y adopta sus acuerdos por unanimidad o por mayoría no inferior a dos tercios. Las personas que lo componen deben respetar el principio de confidencialidad en lo que respecta a la documentación recibida y preservar el secreto en sus deliberaciones.

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